Por: Redacción
Con el objeto de ampliar la protección y garantía de los derechos de los adultos mayores, el Senado de la República exhortó al titular del Ejecutivo Federal a firmar y remitir a este órgano legislativo, para su ratificación, la Convención lnteramericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
En el dictamen, aprobado por el Pleno del Senado, se expone que la Convención es un gran paso para fortalecer los derechos de este sector de la población, frente al proceso de envejecimiento de la población y ante la serie de problemas que afectan a la población de 60 años o más.
La Convención, agrega, ha sido firmada sólo por seis países, aún faltan 29 estados por firmarla, por lo que México puede ser uno de los pioneros al ratificarla.
Al firmar el instrumento internacional, se reiterará el compromiso del Estado Mexicano con la cooperación internacional para el desarrollo y el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos, ambos principios de la política exterior mexicana establecidos en la Constitución.
Debido al envejecimiento poblacional al que México se enfrenta, y a que sólo dos de cada 10 adultos mayores de 60 años pueden sostenerse económicamente por sí mismos, urge adoptar desde ahora las medidas legislativas, judiciales, administrativas y presupuestarias que permitan a los adultos mayores gozar plenamente de sus derechos y vivir dignamente.
Además, precisa que con la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores junto con el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam) se han articulado programas que protegen a los adultos mayores, los cuales representan un avance en la materia.
No obstante, es necesario extender los mecanismos de protección de los derechos humanos de este sector, por lo que es urgente que el Ejecutivo Federal se adhiera a la Convención, para que después el Senado la ratifique y la incorpore al marco jurídico.
La Convención, precisa el texto, es considerada como “el primer instrumento jurídicamente vinculante sobre los derechos de las personas mayores, compromete a los Estados parte a adoptar las medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar prácticas que limiten los derechos humanos de las personas mayores”.
Además, señala todos los derechos que se deben proteger a las personas mayores: de la igualdad y no discriminación por razones de edad; a la vida y a la dignidad en la vejez; a la independencia y a la autonomía; a la participación e integración comunitaria; a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia; así como a no ser sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Así como los derechos a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud; de la persona mayor que recibe servicios de cuidado a largo plazo; a la libertad personal; a la libertad de expresión, opinión y acceso a la información; a la nacionalidad y libertad de circulación; a la privacidad e intimidad; a la seguridad social; al trabajo; a la salud; a la educación; a la cultura; a la recreación, al esparcimiento y deporte; a la propiedad; a la vivienda; a un medio ambiente sano; a la accesibilidad y movilidad personal; derechos políticos; de reunión y de asociación; integridad de los derechos en situaciones de riesgo y emergencias humanitarias; al igual reconocimiento como persona ante la ley; y al acceso a la justicia.
Asimismo, resalta que la Convención, surgida en el ámbito regional, puede llegar a servir como punto de referencia en el tema para emprender acciones similares en otros foros multilaterales.
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