Por: Redacción/
La veda electoral o la prohibición de hacer propaganda gubernamental durante los procesos electorales no puede considerarse como una causal de reserva que se traduzca en una limitante al derecho de acceso a la información, ya que ambos pueden convivir sin interferencias mutuas, sostuvo el comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Rosendoevgueni Monterrey Chepov.
“La rendición de cuentas implica, a pesar de la verborrea política, la obligación por parte del Estado de informar a la sociedad civil que está bajo su soberanía la situación que guarda la gestión gubernamental. Es preciso dejar claro que el resorte que mueve este mecanismo de información es una obligación a cargo del Estado y no, como muchos pretenden, a petición de parte”, enfatizó.
En ese sentido, al participar en el Foro de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en materia Electoral, convocado por el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), el comisionado afirmó que el principio democrático que protege la veda electoral y el derecho de acceso a la información y la rendición de cuentas que protegen las obligaciones de transparencia mantienen un mismo peso porque no existe una interferencia entre ambos.
“La supuesta interferencia es falaz porque el camino surcado por ambos principios no se trastoca, ni se cruza, ya que van en forma paralela. Por un lado, se mantiene el peso del principio democrático al suspender la propaganda gubernamental durante un cierto lapso de naturaleza electoral y no se ve afectado por el derecho fundamental de acceso a la información, ni por la rendición de cuentas.
Esto es, no hay interferencia puesto que las obligaciones de transparencia no son propaganda gubernamental”, remarcó. Al impartir la conferencia magistral “El derecho de acceso a la información y la veda electoral. Un caso de ponderación de principios”, Monterrey Chepov aseguró que el principio del derecho fundamental de acceder a la información y de exigir al Estado que rinda cuentas, sin considerar la temporalidad electoral, mantienen un peso en igualdad de circunstancias.
“Ambos principios están consagrados constitucionalmente y no existe más que una aparente colisión. Precisamente, este concepto de apariencia de choque permite refutar la idea o propuesta de adicionar el tema de las obligaciones de transparencia como un caso de excepción a los ya existentes a la veda electoral. Sin embargo, eso no es necesario porque en el fondo no hay colisión entre ambos principios”, concluyó Rosendoevgueni Monterrey Chepov.
En el evento, participaron Pedro Zamudio Godínez, consejero presidente del IEEM, así como los demás integrantes del Consejo General, Laura Daniella Luján Ceja, Miguel Ángel García Hernández, María Guadalupe González Jordán, Saúl Mandujano Rubio, Francisco Bello Corona, Sandra López Bringas, y el secretario ejecutivo del Instituto, Francisco Javier López Corral.
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