- La diputada Juanita Guerra mencionó que México no cuenta con una ley dedicada a los delitos cibernéticos, únicamente en el Código Penal Federal cuenta con un título dedicado al acceso ilícito y el sistema de tipos informáticos.
Por: Redacción/
La diputada Juanita Guerra Mena (Morena) presentó una iniciativa que modifica el Artículo 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de que se faculte al Congreso de la Unión para que pueda expedir ordenamientos en materia de ciberseguridad y cibercrimen.
En un comunicado, refirió que su propuesta es para modificar el artículo 63, fracción XXIII, inciso ter, de nuestra Carta Magna, para que se puedan expedir normas que contengan mecanismos para una coordinación entre autoridades de los tres órganos de gobierno y se diseñe una estrategia nacional de inteligencia cibernética y policial.
Aseveró que es pertinente legislar sobre los delitos que involucran el uso de tecnología, problema que no es exclusivo de nuestro país, “se trata de una preocupación multinacional que derivó de su suscripción de instrumentos internacionales como el Convenio de Budapest, mejor conocido como Convenio Sobre Ciberseguridad”.
Guerra Mena explicó que “debemos implementar en nuestra legislación las siguientes cuestiones: criminalizar ciertas conductas como los delitos de orden nacional y dotar a las autoridades en materia de procuración de justicia penal, de las facultades y herramientas procedimentales para investigar la comisión de delitos en este caso, incluyendo expedir las capacidades de inteligencia y vigilancia y hacer de la tecnología el mejor aliado en temas de seguridad”.
También mencionó que México no cuenta con una ley dedicada a los delitos cibernéticos, únicamente en el Código Penal Federal cuenta con un título dedicado al acceso ilícito y el sistema de tipos informáticos. No obstante, esas disposiciones son limitadas, dejan varias lagunas, lo que dificulta la lucha contra el cibercrimen.
En este sentido, Guerra Mena expresó que la reforma es necesaria para cumplir, porque la Suprema Corte de Justicia es clara y contundente al afirmar que para que exista una ley general, lo primero es que debe tener el Congreso la facultad de expresarla.
Comentó que la Oficina de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito define a la ciberdelincuencia como un acto que infringe la ley y que se comete usando las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para atacar las redes, sistemas, datos, sitios web y la tecnología o para facilitar un delito. “La ciberdelincuencia se diferencia de los delitos comunes en que no tiene barreras físicas o geográficas, y se puede cometer con menos esfuerzo y más facilidad y velocidad que los delitos comunes”.
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