Por: Vicente Flores Hernández
El Senado de la República aprobó con 76 votos adicional al articulo 83 a la Ley Federal de Armas de Fuego y explosivos, con el fin de sancionar con uno o dos años de prisión y cincuenta a cien días de multa, a quien posea de manera ilegal de dos y hasta cinco cartuchos para armas de fuego de uso exclusiva del ejército.
Asimismo, se sancionará con prisión de dos a cinco años y de cien a doscientos días de multa, cuando se trate de más de cinco cargadores de cartuchos.
El senador del grupo parlamentario del PRD, Zoé Robledo Aburto, señaló que existen cerca de seis mil 700 tiendas de armas de fuego en la frontera con Estados Unidos y que a pesar de conocer este paradero, solamente se confisca el 14 por ciento de las 252 mil armas que pasan a México de forma ilegal desde el norte.
Se calcula que 46.7 por ciento de las 51 armerías estadounidenses en esta zona dependen de la demanda mexicana de armas de fuego. “Son armas de fuego o de uso exclusivo del Ejército”.
“El incremento de la circulación de armas de fuego de manera incontrolada e ilegal, es uno de los fenómenos que más laceran a la sociedad mexicana, por ello esta norma debería de ampliarse a la posesión de cualquier arma de fuego, ya sea de uso exclusivo del Ejército o de otros calibres” concluyó.
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