Por: Redacción
La Secretaría de Gobernación deberá buscar y dar a conocer las sanciones impuestas a sus servidores públicos que han sido encontrados culpables o responsables de hostigamiento sexual, acoso sexual o violencia en contra de las mujeres, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
De igual forma, deberá indicar si los castigos han surtido efecto para que no se repitan esas conductas e informar sobre el seguimiento que se ha dado a dichos casos.
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez, destacó que las mexicanas tienen derecho a vidas dignas, seguras y libres de violencia, al reconocer que todavía falta mucho por hacer.
“En 2014, el 47 por ciento de las mujeres en México mayores de 15 años han sufrido algún tipo de violencia, sea física, sexual, emocional o económica, según el Instituto Nacional de las Mujeres. En lo laboral, enfrentan falta de oportunidades, brecha salarial y violencia”, apuntó.
Salas Suárez indicó que el 47 por ciento de las mujeres considera el acoso como una preocupación en el trabajo, mientras que el 37 por ciento ha sido acosada. Indicó que, según estimaciones de la SFP, los casos de acoso sexual a mujeres, sin considerar otro tipo de hostigamiento, superan los 25 mil al año, pero únicamente 40 por ciento de estos casos son denunciados por temor a perder el empleo, entre otras causas.
“La desigualdad y la violencia de género se presenta en casi todos los ámbitos de la vida. Por eso, es fundamental que el Estado mexicano fortalezca el enfoque de género en todas las políticas públicas que implementa, procure que la perspectiva de género forme parte de las labores cotidianas de las y los servidores públicos y que esto sea incentivado a través de condiciones laborales acordes con los estándares internacionales”, sostuvo el comisionado del INAI.
Joel Salas aseguró que la información pública permitirá saber no sólo cómo México ha avanzado en este rubro, sino identificar las áreas de oportunidad en colaboración con otros actores interesados para atajar la violencia de género en cualquier ámbito.
“La información pública brinda la oportunidad a la SEGOB para demostrar que sí escucha las voces de millones de mexicanas que se manifiestan en las calles y las redes sociales en repudio a la violencia de género, para demostrar que ya no habrá #NiUnaMás y #NiUnaMenos”, concluyó.
En respuesta al particular que solicitó esa información, el sujeto obligado, se declaró incompetente y le orientó a que realizara su requerimiento ante la Secretaría de la Función Pública (SFP).
Inconforme, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó que, con independencia de que la SFP sea la encargada de sancionar, la SEGOB debe conocer de las sanciones y su seguimiento.
En alegatos, el sujeto obligado reiteró su respuesta inicial y refirió que, al ser la SFP, a través del Órgano Interno de Control (OIC), quien impone las sanciones, dicho órgano no le reporta información.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez, expuso que el OIC tiene que notificar la resolución respecto de la imposición de sanciones administrativas al jefe inmediato del servidor público de que se trate, o bien al titular de la dependencia o entidad.
En ese sentido, se indicó que al frente de la SEGOB hay un Secretario de Despacho quien, para el desahogo de los asuntos de su competencia, se auxiliará tanto de servidores públicos como de unidades administrativas diversas, entre los primeros se encuentra el Oficial Mayor y entre las segundas se encuentran la Unidad General de Asuntos Jurídicos, la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de lo Contencioso.
Además, el sujeto obligado cuenta también con un OIC y tanto el servidor público que esté al frente de él como aquellos de los que se auxilie, ejercerán las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Adicionalmente, los servidores públicos de la SEGOB están obligados a proporcionar el auxilio que requiera el titular del OIC para el ejercicio de su tarea.
La ponencia señaló que existe un Protocolo que establece la implementación de los procedimientos para prevenir, atender y sancionar el hostigamiento sexual y acoso sexual en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para promover una cultura institucional de igualdad de género y un clima laboral libre de violencia.
Dicho protocolo, se apuntó, refiere que la presunta víctima de conductas señaladas ahí podrá seguir el procedimiento ante las instancias que el mismo instrumento jurídico señala, dejando a salvo su derecho a elegir la vía que estime más adecuada. Las autoridades que conocerán del procedimiento serán, al interior de cada dependencia o entidad, la persona consejera, los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés y los OIC.
Se precisó que el enlace entre la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, contará con un Registro de casos de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, sus modalidades en el servicio público, de sus causas, características y determinaciones o recomendaciones que se hayan adoptado sobre estos casos. Dicha unidad es el enlace entre los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés establecidos en cada dependencia o entidad y la SFP.
La ponencia dijo que se tiene constancia de que, a abril de 2016, la secretaría proporcionó evidencia documental de la integración de su propio Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.
Por tanto, se concluyó, la SEGOB cuenta con un Comité especializado en la materia, por lo que es evidente que se encuentra en capacidad de conocer de lo solicitado.
Por lo anterior, a propuesta del comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Gobernación y le instruyó a que turne la solicitud de acceso a todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Oficialía Mayor, la Dirección General de Recursos Humanos, la Unidad General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de lo Contencioso, y su Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés y notifique al particular el resultado de la búsqueda.
No Comment