Por: Redacción/
La Secretaría de Gobernación (Segob) deberá buscar y dar a conocer de manera detallada los procesos, procedimientos, objetivos y resultados alcanzados, entre enero y julio de 2019, respecto del Mecanismo de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Joel Salas Suárez dijo que, por lo que toca a personas defensoras de derechos humanos, entre enero de 2006 y diciembre de 2018 la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contabilizó 40 homicidios, de los cuales, 15 corresponden a mujeres.
“Por otra parte, la organización Artículo 19 estima que cada 17.4 horas se perpetra una agresión contra periodistas, de las cuales, el 42.16 por ciento son cometidas por funcionarios públicos, principalmente policías municipales. Hasta agosto de este año asesinaron a 131 periodistas en México por posible relación con su labor, 121 son hombres y 10 son mujeres”, expuso.
Salas Suárez recordó que, tras su visita a México en abril de 2019, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, expresó preocupación por esta situación e hizo un llamado para reforzar el Mecanismo de Protección.
En consecuencia, el gobierno federal le solicitó la elaboración de un diagnóstico y éste le fue entregado el 26 de agosto pasado, con 104 recomendaciones. ¿Qué acciones concretas llevará a cabo el gobierno federal para atender las 104 recomendaciones de fortalecimiento al Mecanismo de Protección? ¿Qué recursos económicos y financieros se destinarán? ¿Habrá ajustes normativos e institucionales? ¿Cómo se vincularán estas acciones con otras que atiendan las causas estructurales de la violencia y la impunidad? ¿Hasta cuándo? Los activistas y periodistas siempre preguntan, ahora es el turno de todas las personas.
No podemos dejarlos solos, enfatizó el Comisionado. Defender derechos humanos, así como manifestarse y expresarse libremente, ayuda a visibilizar violaciones a los derechos humanos y los actos de corrupción, concientizar a la población sobre ellas e informarla para que exija cuentas a las autoridades, apuntó Joel Salas, al señalar que esa es la contribución de los defensores de derechos humanos y los periodistas.
“En retribución, la población en general puede abonar a que el Estado mexicano garantice la seguridad de estas personas por medio del derecho de acceso a la información sobre los avances logrados en el cumplimiento de las 104 recomendaciones emitidas por la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para fortalecer el Mecanismo de Protección”, concluyó.
En respuesta al particular que solicitó esa información, el sujeto obligado, por conducto de la Dirección de Prevención, Seguimiento y Análisis de la SEGOB, dio a conocer que el proceso de seguimiento e implementación de medidas de protección se describe en los artículos 93 a 95 del Reglamento de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
El particular presentó recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó que la información entregada no corresponde con lo solicitado. En alegatos, la Segob reiteró su respuesta original.
En el análisis del caso, la ponencia del Comisionado Salas Suárez advirtió que la inconformidad del particular resulta fundada, toda vez que no pidió la normativa que regula las medidas de protección, sino que su interés es acceder a los procesos, programaciones, objetivos y resultados alcanzados de manera detallada, correspondiente a la Unidad de Evaluación de Riesgos, como lo estipula el artículo 21, fracción III de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Por lo anterior, a propuesta del Comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Gobernación, a la que le instruyó a realizar una búsqueda de la información y entregarla al particular.
Dicha búsqueda se deberá realizar en todas sus unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección de Prevención, Seguimiento y Análisis, y la Dirección General Adjunta de Evaluación de Riesgos.
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