Por: Redacción/
La Secretaría de Gobernación (SEGOB) deberá dar a conocer versión pública del Convenio de Coordinación para proporcionar Apoyo en Materia de Seguridad Pública a los gobiernos de los estados de Coahuila y Durango, del 19 de octubre de 2011, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
En dicha versión, deberá testar los municipios de las dos entidades en donde se brinda el apoyo por parte del gobierno federal; las acciones a realizar de manera específica; el plan de operaciones y tipo de operación; así como, los aspectos técnicos, operativos y específicos de cada acción relacionada con la formalización y objeto del contrato.
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford destacó la importancia de conocer las acciones que el gobierno federal ha realizado, a través de la SEGOB, sobre el apoyo que se brinda a las entidades federativas, en materia de seguridad pública.
“De acuerdo con los datos obtenidos por el programa estatal de seguridad pública de Coahuila, el estado se encuentra inmerso en una situación de riesgo, dado el crecimiento, sin precedente, que ha tenido la violencia y la delincuencia en nuestro país”, enfatizó.
En este marco, Guerra Ford, recordó que, recientemente fue aprobada en la Cámara de Diputados la Ley de Seguridad Interior, cuyo dictamen fue turnado al Senado de la República, la cual pretende regular la actuación de las fuerzas armadas, en labores de seguridad pública. “Por lo tanto, la transparencia se convierte en un factor fundamental, pues es indudable que las fuerzas armadas están llevando a cabo un papel trascendental en las acciones de seguridad.
No obstante, en este caso, debe transparentarse lo que se pueda, con el fin de generar en la población mayor confianza en estas acciones y cómo se dan, en términos generales, las peticiones que hacen sus gobernadores al ejecutivo federal, sobre la materia”, remarcó el comisionado.
Un particular solicitó conocer, respecto a Durango y, del periodo de 2010 al 2 de agosto de 2017, si había solicitud del gobierno estatal para que fuerzas armadas federales coadyuven en materia de seguridad pública o en el combate a la delincuencia organizada en la entidad. De ser así, requería copia del documento.
En respuesta, el sujeto obligado, a través de la Subsecretaria de Gobierno, apuntó que la información que daría respuesta a la solicitud, sería un oficio. Sin embargo, precisó que estaba reservado, toda vez que su divulgación representaría un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público o a la seguridad nacional.
Señaló que, de ser entregada, podría llegar al conocimiento de grupos delictivos acerca de las capacidades institucionales del Estado, lo cual aumenta la posibilidad de que la seguridad nacional y seguridad pública sean vulneradas. Inconforme, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI, en el que expuso que se le podía entregar versión pública, sin detallar la información clasificada como reservada. En alegatos, la SEGOB reiteró su respuesta original.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Guerra Ford destacó que la expresión documental que daría respuesta a la solicitud, serían el oficio número CJ/COE/050/2012, del 20 de marzo de 2012, suscrito por el gobernador del estado de Coahuila y dirigido al secretario de Gobernación, así como el Convenio de Coordinación para proporcionar Apoyo en Materia de Seguridad Pública a los gobiernos de los estados de Coahuila de Zaragoza y Durango, del 19 de octubre de 2011.
De la revisión al oficio número CJ/COE/050/2012, se dijo, éste se trata de una petición por parte del gobernador del estado de Coahuila a la SEGOB, para ampliar la vigencia del referido Convenio de Coordinación, en razón de acontecimientos en materia de seguridad ocurridos en la Comarca Lagunera, región conformada por 10 municipios del estado de Durango y 5 de Coahuila.
Con la difusión del oficio, se apuntó, no es posible que se obstaculicen o bloqueen actividades de inteligencia o contrainteligencia o que se revelen normas, procedimientos, métodos, fuentes, especificaciones técnicas, tecnología o equipo que sean útiles para la generación de inteligencia para la seguridad nacional, dado que no alude a este tipo de acciones.
Sin embargo, por lo que se refiere al Convenio de Coordinación, la ponencia manifestó que éste se celebró para que el gobierno federal, a través de diversas dependencias, entre ellas la Secretaría de Gobernación, proporcionen apoyo en materia de seguridad pública a los gobiernos de las dos entidades, mediante la implementación de diversas acciones y operativos para combatir la delincuencia organizada.
Si bien, se dijo, en el nuevo paradigma de la Ley General de Transparencia, los contratos celebrados por sujetos obligados revisten naturaleza pública, en este caso, se advierte que contiene información susceptible de resguardo. Por último, del análisis efectuado, se advirtió que el Convenio de Coordinación, cuenta con el Proyecto Convenio Modificatorio, tal como se desprende del oficio número CJ/COE/050/2012, que se trata, también, de una expresión documental que atiende la solicitud.
Por lo anterior, el Pleno del INAI, a propuesta del comisionado Oscar Guerra Ford, revocó la respuesta de la SEGOB y le instruyó a entregar la información, en los términos referidos, así como dar a conocer, de manera íntegra, el oficio número CJ/COE/050/2012, del 20 de marzo de 2012, suscrito por el gobernador del estado de Coahuila y dirigido al secretario de Gobernación.
Por lo que toca al Proyecto del Convenio Modificatorio del Convenio de Coordinación para proporcionar Apoyo en Materia de Seguridad Pública a los Gobiernos de los estados de Coahuila de Zaragoza y Durango, del 19 de octubre de 2011, deberá comunicar al particular el resultado de la búsqueda efectuada en la Unidad General de Asuntos Jurídicos y, de ser el caso, declarar su inexistencia.
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