Por: Redacción/

La Secretaría de Gobernación (Segob) debe informar los resultados de los programas adoptados para prevenir, combatir y sancionar los delitos de esclavitud, servidumbre, explotación laboral y trabajo forzoso contenidos en el informe realizado en 2012 sobre el tema, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada Josefina Román Vergara enfatizó que la trata de personas es un delito que corrompe la libertad y la dignidad de las víctimas, así como su integridad física y emocional, afectando no solo al individuo, también a la familia y a la sociedad en general, por lo que el Estado mexicano debe formular acciones y políticas públicas eficaces e integrales para combatir este flagelo.

“La Organización de las Naciones Unidas refiere que miles de víctimas de trata son utilizadas con fines de explotación sexual, venta de órganos y trabajos forzados, lo que afecta a 21 millones de personas, sobre todo mujeres, niñas y niños y genera ganancias por otro lado para la delincuencia de alrededor de 32 mil millones de dólares anuales”, indicó.

Román Vergara apuntó que, de acuerdo con el Diagnóstico para la Situación de la Trata de Personas en México 2019, 85 por ciento de las víctimas son niñas y mujeres, mientras que 15 por ciento son niños y hombres.

“En México existe una relación estrecha entre la trata de personas y la migración, siendo un país de origen, tránsito, destino y retorno de personas migrantes, por lo que pueden convertirse en víctimas durante el proceso migratorio”, expuso la Comisionada del INAI.

En este contexto, la Segob señaló que las medidas para prevenir estos delitos se encuentran en los informes anuales que expide y publica la Comisión Intersecretarial para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos, en donde se refleja el resultado del trabajo conjunto y coordinado de las personas que lo conforman.

Asimismo, remitió los vínculos electrónicos con excepción del informe anual 2012 debido a su volumen. Inconforme con la respuesta, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que el sujeto obligado le entregó la información incompleta, pues en los vínculos proporcionados no se muestran los datos requeridos.

En el análisis del caso, la ponencia de la Comisionada Josefina Román Vergara advirtió que la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas establece que las autoridades judiciales y ministeriales deben dar a conocer a la sociedad los resultados de las evaluaciones que realicen, y la información global que permita medir el desarrollo y los avances de la evolución nacional y estatal de los delitos previstos en dicha ley, así como su prevención, combate y sanción.

Además, establece que la Comisión Intersecretarial debe elaborar un informe anual con los resultados obtenidos por el Programa Nacional, remitirlo al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a las dos Cámaras del Congreso de la Unión y difundirlo ampliamente en los medios de comunicación en todo el territorio nacional, por lo que dicha documentación debería estar a disposición del público, inclusive en medios electrónicos.

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Segob y le instruyó entregar al solicitante el Anexo I -Informe Anual 2012- ya sea por correo electrónico, disco compacto, USB, habilitar un vínculo electrónico o cualquier otro derivado de los avances tecnológicos.