Por: Redacción/
La Secretaría de Gobernación (SEGOB) deberá entregar los dictámenes estructurales posteriores a los sismos del 7 y 19 de septiembre de 2017, correspondientes a los inmuebles ocupados por sus unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados, fondos, fideicomisos y oficinas en la Ciudad de México, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada Ximena Puente de la Mora señaló que el mes de septiembre de 2017 dejó lecciones, retos y aprendizajes que como ciudadanos y autoridades tenemos que encarar de manera conjunta. “Los sismos de septiembre, dejaron 12 millones de mexicanas y mexicanos afectados en 400 municipios de 10 entidades de la República Mexicana.
De acuerdo con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, 171 mil 925 viviendas resultaron con algún tipo de daño en los estados de Oaxaca, Chiapas, Puebla, Morelos, Estado de México, Guerrero y la Ciudad de México”, precisó.
A tres meses del sismo del 19 de septiembre, Puente de la Mora recordó que el INAI emitió recomendaciones para transparentar y rendir cuentas de los recursos públicos y acciones que los tres órdenes de gobierno están destinando a las labores de rehabilitación y reconstrucción de las zonas afectadas.
“Cuando los sujetos obligados actúan bajo los principios de la máxima publicidad, constitucionalmente reconocido, la transparencia proactiva, el gobierno abierto y la rendición de cuentas, el acceso a la información sobre intervenciones gubernamentales en la emergencia es un insumo más para que la población tenga la certeza de las acciones y decisiones de las autoridades.”, enfatizó.
La comisionada aseguró que la información pública es un insumo indispensable para decidir con conocimiento de causa.
“El 2017 trajo consigo lecciones y aprendizajes para valorar. Fue un año para crecer y reconocernos en los demás. Hoy en el último Pleno del año, reiteramos el compromiso para trabajar a favor de las y los mexicanos. Consolidar el ejercicio del derecho de acceso a la información, para incentivar la producción de información, que cristalice efectivamente el pleno ejercicio de los derechos de las y los mexicanos: es nuestro principal reto.”, concluyó Ximena Puente.
En respuesta a la particular que requirió la información, el sujeto obligado, a través de su Coordinación Jurídica, dijo no contar con la información solicitada, por carecer de atribuciones para llevar a cabo un dictamen estructural, toda vez que quienes pueden emitir ese documento son los directores responsables de obras, los corresponsables en seguridad estructural, o bien, alguna figura equivalente en los estados; por lo que orientó a la particular a dirigir su solicitud ante el Gobierno de la Ciudad de México.
Inconforme con la inexistencia, la particular interpuso recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, el sujeto obligado precisó no contar con dictámenes suscritos por autoridades de protección civil; sin embargo, modificó su respuesta original y puso a disposición los dictámenes estructurales suscritos por diversos directores responsables de obras, obtenidos por la Dirección General Adjunta de Obras y Mantenimiento de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales contenidos en 214 fojas en copias simples, previo pago de las cuotas de reproducción.
Además, informó a la particular de las modalidades de entrega, las cuales podían ser en su
Unidad de Transparencia o vía correo certificado, lo que generaría un costo adicional por envío.
En el análisis del caso, la ponencia de la comisionada Puente de la Mora, señaló que la unidad
competente para conocer de lo requerido es la Dirección General de Recursos Materiales y
Servicios Generales, sin embargo, únicamente la Coordinación Jurídica fue la que se pronunció
sobre la solicitud.
En ese sentido, se apuntó que la SEGOB brindó atención al requerimiento, en desapego a lo ordenado por la Ley Federal de Transparencia, ya que no acreditó haber turnado el requerimiento a la totalidad de las áreas que tienen funciones para atender las necesidades de las unidades administrativas, en materia de espacios físicos, adaptaciones, instalaciones y mantenimiento de inmuebles.
Se expuso que si bien, en alegatos, puso a disposición los dictámenes estructurales con los que contaba, la particular había requerido la información en medios electrónicos y no en copia simple, sin explicar los motivos y circunstancias por las cuales se encontraba imposibilitado para entregarla como se solicitó.
La ponencia manifestó que la SEGOB no observó lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia, y por tanto, no se garantizó el derecho de acceso a la información de la particular.
Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Ximena Puente, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Gobernación y le instruyó poner a disposición la información que obra en sus archivos, en versión electrónica, y sólo en caso de existir un impedimento justificado, lo exprese a la solicitante y ofrezca todas las modalidades contempladas en la Ley Federal de Transparencia, incluyendo la consulta directa.
De ser el caso, el sujeto obligado deberá establecer el lugar, días y horarios suficientes para su ejecución, así como el nombre del servidor público que lo atenderá y asesorará al momento de que se realice dicha consulta.
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