Por: Redacción/

Por no atender de manera exhaustiva dos solicitudes de información respecto a la expropiación de un predio ubicado en una zona de alto riesgo, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) ordenó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) entregar la información sobre la que sí es competente y remitir las solicitudes a las autoridades correspondientes para que proporcionen otros datos requeridos.

En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos aprobaron, por unanimidad de votos, un proyecto de resolución a cargo de la Ponencia del Comisionado Presidente INFO Julio César Bonilla Gutiérrez en el que se acumularon dos recursos relacionados con la solicitud de copias certificadas de los dictámenes técnicos de protección civil y zonas de alto riesgo de un inmueble ubicado en la Alcaldía Gustavo A. Madero.

Asimismo, en las solicitudes de información se requirieron la copia de la Gaceta Oficial de la capital del país en la que se publica la declaratoria de expropiación del predio para utilidad pública; la versión pública del expediente técnico del inmueble con fines de expropiación y que se informe si el folio real de la propiedad se encuentra a nombre del Instituto de Vivienda de la Ciudad México (INVI).

En respuesta, el Sujeto Obligado indicó que no contaba con atribuciones para responder las solicitudes y remitió las preguntas al INVI, así como a las Alcaldías Benito Juárez, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza, las cuales, aclaró, podrían tener la información.

La persona peticionaria interpuso dos recursos de revisión ante el INFO mediante los que argumentó que de acuerdo con las leyes Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como la de Expropiación y el Decreto Expropiatorio de los inmuebles por considerarlos de alto riesgo estructural a favor del INVI, la SEDUVI sí es competente para atender lo solicitado.

Admitidos los recursos de revisión en el órgano garante, fueron turnados a la Ponencia del Comisionado Presidente Julio César Bonilla Gutiérrez, la cual consideró que el Sujeto Obligado no actuó apegado a derecho, ya que no atendió de manera exhaustiva las solicitudes de información.

En el proyecto de resolución se consideró que la SEDUVI no canalizó de manera correcta a las autoridades correspondientes, como la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, la cual opera, evalúa y actualiza los Atlas de Riesgo en la Ciudad de México; la Secretaría de Gobierno y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, las cuales conocen sobre los decretos de expropiación y tienen información sobre los registros de propiedad.

El INFO determinó además que la Secretaría de Desarrollo Urbano, contrario a lo que señaló en sus oficios de respuesta, sí es competente para atender temas relacionados con expropiaciones.

Asimismo, otra de las inconsistencias de la SEDUVI fue remitir las solicitudes a las Alcaldías Benito Juárez, Iztacalco, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza, las cuales no tienen competencia ya que el inmueble no está en sus demarcaciones.

Por unanimidad de votos, el Pleno del INFO aprobó el proyecto de resolución para que la SEDUVI revoque la respuesta.