Por: Redacción/
La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) deberá buscar y dar a conocer cuáles son los datos biométricos que recaba, como parte del Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas (PAJA) y cuál es su tratamiento, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada Ximena Puente de la Mora dijo que, si bien el uso de datos biométricos tiene muchas ventajas, como la agilización de trámites, la atención con mayor calidad de los pacientes, el acceso inmediato a historiales clínicos, el evitar fraudes médicos derivados del robo de identidad y la eliminación de duplicidad de información; sin embargo, si este tipo de sistemas no están plenamente protegidos, pueden ser vulnerables.
“Puede desencadenar en filtraciones de datos personales sensibles y, por ende, violaciones a los derechos humanos de los individuos.
De acuerdo con la Revista de Seguridad de la Universidad Nacional Autónoma de México, a través del sistema de plantilla de minucias, se puede reconstruir una huella dactilar con un resultado positivo de 90 por ciento, y así falsificar identidades”, apuntó.
Puente de la Mora dijo que la información sobre el tratamiento de la biométrica como parte del PAJA es fundamental, toda vez que estos trabajadores del campo son un actor clave en el sector económico, social y alimenticio de México.
“Según estimaciones de la Universidad Autónoma Chapingo, la próxima generación tendrá más de 15 millones de jóvenes sin acceso a la tierra.
Aunado al hecho de ser sujetos de las temporadas de siembra y salarios que varían de acuerdo a la zona geográfica del país, una política pública como el Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas, es indispensable para coadyuvar al desarrollo y bienestar de los trabajadores del campo y sus familias”, manifestó.
La comisionada apuntó que, de acuerdo con el INEGI, en nuestro país 5.5 millones de personas están dedicadas al campo y su salario, en promedio, es de 18.5 pesos por hora laborada.
“Es fundamental que los programas sociales, y en específico el programa que hoy analizamos, sean transparentes con el uso de los datos personales recabados de los trabajadores del campo.
Es prioritario para el INAI garantizar que las y los mexicanos gocen de plena seguridad en el manejo de su información personal, entre ellos, sus datos biométricos”, concluyó Ximena Puente.
En respuesta a un particular que solicitó la información, contenida en 17 cuestionamientos, el sujeto obligado indicó, a través de la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios, que en el marco del PAJA no se capta información biométrica de los solicitantes. Inconforme con la inexistencia manifestada, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, la SEDESOL indicó que, al no recabar datos biométricos relativos a los solicitantes del PAJA, no se encuentra obligada a declarar la inexistencia de la información. Además, señaló que únicamente cuenta con los padrones de los beneficiarios que envía cada programa de desarrollo social, conformados de acuerdo a los “Lineamientos para la integración del PUB”, el cual no prevé la entrega de datos biométricos.
En el análisis del caso, la ponencia de la comisionada Puente de la Mora expuso que las unidades administrativas competentes para conocer sobre la solicitud son la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios, y la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios.
Se resaltó que, en el marco del PAJA, los interesados o las personas que proporcionen datos sobre sus familiares jornaleros agrícolas, plasman su firma o huella digital, y ésta última es un dato biométrico que permite identificar a una persona en particular, pues se trata de un rasgo único e inconfundible inherente a cada ser humano.
Asimismo, y dependiendo del apoyo de que se trate, los interesados deben cubrir requisitos adicionales, ya que, en el caso de Apoyos para Servicios Básicos, es indispensable contar con una propuesta de proyecto en beneficio de la población jornalera agrícola; para lo cual, se debe presentar una solicitud mediante escrito libre que debe contener, entre otros, el nombre completo del interesado o quien acuda en su representación, así como su firma o huella digital.
En ese sentido, se concluyó que contrario a lo señalado en la respuesta, la dependencia sí recaba datos biométricos, como lo es la huella digital, razón por la cual no ha lugar la manifestación en cuanto a que no capta este tipo de información, en el marco de ese programa de desarrollo social.
Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Ximena Puente de la Mora, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SEDESOL y le instruyó a realizar una nueva búsqueda en los archivos de las unidades administrativas referidas.
El criterio de búsqueda debe ser amplio, bajo el entendido de que sí recaba datos biométricos en el marco del PAJA, para que permita identificar la información y haga del conocimiento del particular el resultado de la misma.
Asimismo, se puntualizó que la SEDESOL deberá entregar únicamente la información con la que cuente en sus archivos; y en caso de no contar con lo solicitado, deberá expresar los motivos y razones de la inexistencia.
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