Por: Redacción

La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) debe entregar la versión pública de los documentos que acreditan la autorización y entrega de una gratificación a una particular, para no ocupar o desocupar predios en la zona conocida como “Los Tlateles”, ubicados en Texcoco y Chimalhuacán, Estado de México, en la cual se tiene planeada la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

La comisionada ponente, Ximena Puente de la Mora, destacó que el asunto reviste de suma importancia, toda vez que la zona de “Los Tlateles”, servirá como un vaso regulador del ex lago de Texcoco, en el marco de las obras de la nueva terminal aérea.

“Para lo cual el Estado de México, por medio del decreto número 297, desincorporó del patrimonio inmobiliario estatal, el inmueble identificado como “El Moño“ o “Los Tlateles”, donándolo al gobierno federal, para que éste, a su vez, lo destine a la Comisión Nacional del Agua, para la conformación de la zona de mitigación del ex vaso del lago de Texcoco”, expuso.

En respuesta a una particular que solicitó esa información, el sujeto obligado (SEDATU) indicó que ésta se encontraba reservada. Inconforme, la particular interpuso recurso de revisión ante el INAI.

De acuerdo al expediente RDA 0510/16, la SEDATU insistió en la negativa, señalando tiene registrados una serie de juicios ordinarios civiles, relacionados con diversos predios denominados “Los Tlateles”; sin señalar cuál de ellos se encuentra relacionado directamente con los documentos requeridos por la particular.

Además, indicó que su Oficialía Mayor, después de una búsqueda exhaustiva en los expedientes de “Los Tlateles”, localizó la póliza de cheque PECHS-VIII-552, a nombre de la particular, por la cantidad de 179 mil 999 pesos, por concepto de apoyo económico por saneamiento jurídico de la zona conocida como “Los Tlateles”, respecto a las áreas remanentes y las calles.

Posteriormente, ante el INAI, el sujeto obligado solicitó una diligencia de acceso con la SEDATU, quien expuso que la solicitud de información se encuentra relacionadas con la zona de “Los Tlateles”, en la cual se tiene planeado la construcción del nuevo aeropuerto.

Reiteró la reserva y apuntó que de otorgar acceso a la información, los particulares podrían ostentarse como propietarios y, en su caso, presentar juicios de amparo indirectos, mediante los cuales pudiesen obtener una suspensión provisional, lo que podría interrumpir las obras de construcción del nuevo aeropuerto.

Precisó que la Segob entregó el listado de las personas a quienes se les podría realizar el pago, y dicha dependencia fue quien negoció con los particulares y las organizaciones para entregarles un apoyo económico a cambio de la desocupación y/o no ocupación de los terrenos.

Apuntó que los litigios pendientes son por despojo de propiedad, por lo que no es posible que se entreguen sus documentos originales o entregar copias certificadas, puesto que con dicha documental los particulares se detentarían como propietarios, situación que afectaría la seguridad nacional.

En relación al documento, que instruye o autoriza al Oficial Mayor de la SEDATU a realizar los pagos correspondientes por gratificaciones, precisó que cuenta con el acuerdo por el cual se autorizó la afectación de una partida presupuestal para el asunto denominado “Los Tlateles”.

A su vez, la SEGOB, en su calidad de tercero interesado en el recurso expuesto, manifestó que la información solicitada forma parte de juicios radicados en distintos juzgados, que aún no han causado estado; por lo que secundó la reserva expuesta por la SEDATU.

Además, dijo, se pondría en grave riesgo la seguridad interior de la Federación, ya que se podrían generar actos tendientes a destruir o inhabilitar la infraestructura de carácter estratégico o indispensable para la provisión de los bienes o servicios públicos, lo cual constituiría una amenaza para la Seguridad Nacional. En ese sentido, concluyó que la reserva aludida por el sujeto obligado es la adecuada, por lo que solicitó que se confirme la misma.

En el análisis del caso, la ponencia de la comisionada Ximena Puente identificó que en diverso recurso de revisión RDA 0528/16, la SEDATU hizo una precisión sobre el oficio por el que instruye hacer los pagos correspondientes y manifestó que, “sólo en el caso de aquellos beneficiarios de apoyos por las áreas remanentes, existen seis oficios de la Segob, correspondientes a las personas que fueron listadas por las asociaciones que requirieron el pago de dichos apoyos”.

Además, se indicó, no se actualizan ninguna de las causales de reserva aludidas por la dependencia en su respuesta inicial, ni las manifestadas por el sujeto obligado y la Segob en sus manifestaciones posteriores.

La ponencia reconoció que las documentales que dan respuesta a lo solicitado, contienen datos personales, que deben ser protegidos, para lo cual, señaló, se deben elaborar versiones públicas.

Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Ximena Puente de la Mora, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SEDATU y le instruyó a entregar lo siguiente:

  1. La versión pública del expediente que obra en los archivos de la dependencia a nombre del particular.

  1. Entregue los oficios UEFCEF/DGDZC/214/025/2014, de fecha 29 de julio de 2014, suscritos por jefa de departamento de Verificación y Validación Documental de la Segob y dirigido al director general de Programación y Presupuestación de SEDATU, a favor del particular.

Además, como la particular es parte de los beneficiarios de los apoyos económicos entregados por la SEDATU, ésta deberá entregar una versión íntegra de los documentos solicitados, en las cuales, en su caso, únicamente deberá testar aquellos datos de terceros que no corresponden a la beneficiaria.