- Acuña Llamas planteó que este asunto cobra interés pedagógico para los sujetos obligados, pues permite explicar que la incompetencia y la inexistencia de información son dos conceptos incompatibles.
Por: Redacción/
La Secretaría de Salud debe formalizar la declaración de incompetencia para informar sobre los nombres, historial académico y laboral, así como el lugar donde ejercieron su labor los médicos traídos de Cuba para ayudar durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de COVID19, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
“El asunto tiene una relevancia particular porque revela un tema, un dato que ha sido motivo de gran seguimiento, de gran impacto en la sociedad. Porque como sabemos, la pandemia, por desgracia, ha arrebatado más de 53 mil vidas, ha muerto mucha gente en el mundo, México es uno de los que tiene cifras más altas”, enfatizó el Comisionado Presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, al presentar el asunto ante el Pleno.
Acuña Llamas planteó que este asunto cobra interés pedagógico para los sujetos obligados, pues permite explicar que la incompetencia y la inexistencia de información son dos conceptos incompatibles “es dable exigir pulcritud en la respuesta y ordenar a la Secretaría de Salud que le conteste debidamente al particular, para que entonces, al menos, quede la moraleja, la experiencia, el aprendizaje, que no se debe contestar ligeramente y que no es compatible contestar alegando inexistencia e incompetencia a la vez”, subrayó el Comisionado Presidente del INAI.
La Secretaría de Salud se declaró incompetente para conocer lo solicitado, determinó la inexistencia de la información y orientó al particular a dirigir su requerimiento al Instituto de Salud para el Bienestar, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México y a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.
Inconforme con la respuesta, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que el Instituto de Salud para el Bienestar es un organismo dependiente del sujeto obligado; por lo tanto, la manera de solicitar la información era a través de la Secretaría de Salud.
El INAI efectuó una búsqueda de información pública oficial, y advirtió que el 6 de abril de 2020 el titular del Poder Ejecutivo Federal señaló que existían pláticas con el gobierno de Cuba para solicitarles, de ser necesario, ayuda con especialistas y médicos de terapia intensiva.
Asimismo, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo y la secretaria de Salud de la Ciudad de México, Olivia López Arellano, manifestaron que existe un Convenio de Colaboración suscrito entre el Gobierno de la Ciudad de México y el Instituto de Salud para el Bienestar; para que 585 médicos, paramédicos e ingenieros biomédicos cubanos realizaran en México acciones de capacitación, análisis de protocolos, trabajo epidemiológico y atención directa.
La ponencia del Comisionado Presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, advirtió que el Gobierno Federal y la Ciudad de México concertaron las acciones de colaboración a través del Instituto de Salud para el Bienestar y la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.
En la información pública oficial que existe al respecto, no se advierte participación de la Secretaría de Salud Federal; sin embargo, la Unidad de Transparencia del sujeto obligado declaró la incompetencia para poseer la información y, por otra parte, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, declararon inexistencia de la información.
En materia de acceso a la información, la inexistencia y la incompetencia son conceptos incompatibles; mientras la incompetencia se refiere a la ausencia de atribuciones o facultades para poseer la información solicitada, la inexistencia implica que, a pesar de contar con atribuciones, la información no obra en los archivos del sujeto obligado.
Para dar certeza a su respuesta, es necesario que la Secretaría de Salud declare, a través de su Comité de Transparencia, la incompetencia para conocer la información relativa a los nombres, historial académico y laboral; así como el lugar exacto en donde ejercieron su labor los médicos traídos de Cuba para ayudar en la emergencia sanitaria causada por la pandemia de COVID-19.
Finalmente, la ponencia subrayó que el Instituto de Salud para el Bienestar cuenta con su propia Unidad de Transparencia al ser un sujeto obligado distinto e independiente de la Secretaría de Salud.
Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Salud y le instruyó formalizar ante el Comité de Transparencia la declaración de incompetencia para poseer la información requerida sobre los médicos traídos de Cuba para ayudar durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de COVID-19.
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