Por: Redacción/
La Cámara de Diputados, en su Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo año de Ejercicio, aprobó cinco dictámenes enfocados a promover la transparencia, el acceso a la información pública y el combate a la corrupción.
Así, los diputados aprobaron el dictamen que modifica la denominación actual del Instituto de Administración de Bienes y Activos por la de Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, con el objetivo de evitar corruptelas al realizar gestiones con los bienes y activos de la Federación, que, en un principio, deberían ser administrados en beneficio de la población.
La reforma modifica diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, el artículo séptimo transitorio del decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Esta modificación normativa no sólo está enfocada al sistema jurídico, sino que es una transformación moral en el funcionamiento con el que se han venido desempeñando los órganos encargados de la administración pública federal.
La transformación moral, abunda el documento enviado al Senado de la República para los efectos constitucionales, atiende al aseguramiento de que los recursos obtenidos por particulares mediante la ejecución de actividades ilícitas sean regresados a las arcas patrimoniales del Estado y posteriormente se traduzcan en beneficios para los ciudadanos.
Expiden la Ley de Austeridad Republicana
En este periodo también se expidió la Ley de Austeridad Republicana, para tal efecto se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con el propósito de definir las medidas de austeridad en cumplimiento de los principios de eficacia, economía, honradez, transparencia y gasto eficiente.
El documento, enviado al Ejecutivo para su publicación, prohíbe a cualquier persona física o moral el uso de su personalidad jurídica para eludir el cumplimiento de obligaciones y perjudicar el interés público. Se aplicarán acciones fiscalizadoras y políticas de transparencia en el sector privado cuando participe de recursos públicos.
Los tres órdenes de gobierno y los organismos autónomos deberán desglosar tabuladores de pagos
El Pleno también avaló reformas a los artículos 116 y 127 de la Constitución con la finalidad de estipular que los poderes estatales Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como las personas de derecho público, órganos y organismos con autonomía reconocida en las constituciones y leyes locales, deberán incluir en sus proyectos de presupuesto, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que percibirán los servidores públicos.
La reforma tiene entre sus objetivos promover los mecanismos de transparencia y evitar actos de discrecionalidad y autodesignación en los salarios de los funcionarios. Se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El Poder Judicial hará públicas sus sentencias
Con la reforma a la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se establece la obligación de los poderes Judicial Federal y de las entidades, a hacer públicas y actualizar las versiones del texto íntegro de todas sus sentencias.
La modificación normativa contribuirá a evaluar la impartición de justicia, la pertinencia y evitar la opacidad de la carrera profesional de las y los jueces, además termina con el nepotismo y amiguismo para designar puestos. Asimismo, se garantizan los principios de máxima publicidad, accesibilidad y transparencia en el Poder judicial.
El documento se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Se abrogó la Ley Orgánica de la Lotería Nacional
Finalmente, se aprobó abrogar la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1985, y se ordenó su fusión al organismo Pronósticos para la Asistencia Pública.
La reforma se validó considerando las observaciones de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) que advirtió que los gastos de operación de este organismo superaban casi el 30 por ciento los ingresos obtenidos, que no sólo son insuficientes en la aportación a la asistencia pública, sino incluso para enfrentar los gastos propios.
En contraste, la ASF relató que Pronósticos para la Asistencia Pública tiene finanzas sanas, porque, en promedio, sus recursos son destinados en 56 por ciento al pago de premios, 10 por ciento a comisiones, siete por ciento a programas de asistencia pública, el 14 por ciento al gobierno federal a través del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, y el resto para cubrir los costos de su venta; de ahí la viabilidad de la fusión de estos organismos, cita el dictamen. El documento se envió al Ejecutivo federal.
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