Por: Oswaldo Rojas
Luego de un fallo a favor la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) establecido el pasado febrero una jurisprudencia que colocaba como tope máximo para el pago de pensiones y jubilaciones 10 salarios mínimos. Es decir, alrededor de 19.8 millones de personas podrán jubilarse bajo el régimen de 1973.
Esto significa que alrededor de un millón de trabajadores serán afectados, pues ganan en promedio 730 pesos diarios (más de 21 mil pesos mensuales), lo que hace posible que reciban hasta 25 salarios mínimos si ese es el promedio de sus últimas 250 semanas de cotización.
Lo anterior se entiende luego de que la SCJN dijera que “el límite superior de 25 veces el salario mínimo, previsto en el artículo 33 de la abrogada Ley del Seguro Social (de 1973), está vinculado para las prestaciones en los seguros de enfermedad general y maternidad, en tanto el límite superior de diez veces el salario mínimo regirá de tope salarial para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte”.
La ministra Margarita Beatriz Luna Ramos aclaró: “No estamos haciendo modificaciones ni estableciendo topes; hicimos remisión a la Ley del Seguro Social (del 73)”.
Actualmente aquellos que busquen recibir una pensión mayor a diez salarios mínimos tendrán que iniciar un juicio en contra del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), exponiendo sus necesidades y la forma en que ahorraron los montos de su jubilación.
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