El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) dar a conocer los impuestos pagados por el Congreso del Estado de Morelos, de 2010 a mayo de 2017, desglosando tipo de impuesto pagado, monto económico y fecha de cada uno de los pagos efectuados.
Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos indicó que transparentar y difundir la información que involucre el ejercicio de los recursos públicos, incluyendo el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos obligados, contribuye a la rendición de cuentas y a fortalecer la confianza ciudadana.
“Debemos resaltar que ha sido criterio reiterado de este Pleno, la apertura de información tributaria que involucre el ejercicio de recursos públicos”, destacó.
No obstante, en su respuesta inicial el SAT señaló que la información correspondiente a las declaraciones y pagos está clasificada como confidencial, en virtud del secreto fiscal.
Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI argumentando que el Instituto resolvió que las instituciones públicas no son sujetos del secreto fiscal.
Del análisis de la ponencia se desprende que se considera confidencial la información protegida por el secreto fiscal cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos.
En este caso, el Congreso del Estado de Morelos recibe y ejerce recursos públicos, mismos que le son asignados de forma anual de conformidad al presupuesto de egresos. Kurczyn Villalobos apuntó que “el secreto fiscal no puede actualizarse en los casos en los que los particulares soliciten información de entes públicos, toda vez que estos se allegan, utilizan y administran recursos públicos que se encuentran sujetos al principio de transparencia y rendición de cuentas”.
De acuerdo con el Criterio 05/17, emitido por el Pleno del INAI, la información patrimonial de personas morales de derecho público no lesiona el bien jurídico tutelado que ampara el secreto fiscal, dado que ejercen recursos públicos sujetos al principio de transparencia previsto en el artículo 134 constitucional y, por ende, a la rendición de cuentas.
En ese sentido, la comisionada añadió que, por mandato constitucional, la información relativa a la administración de los recursos económicos de la Federación, los estados, los municipios, la Ciudad de México y los Órganos político-administrativos deben sujetarse a dicho principio de transparencia.
Por lo anterior, a propuesta de la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, el Pleno del INAI revocó la respuesta del SAT y le instruyó entregar la información relativa a los impuestos que han sido pagados por el Congreso del Estado de Morelos, desde 2010 hasta mayo de 2017; precisando tipo de impuesto pagado, monto económico y fecha de cada uno de los pagos efectuados.
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