Por: Redacción
El Programa de Inspección a Centros y Unidades de Verificación Vehicular realizado en las 6 entidades que conforman la Megalópolis, permitió a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) imponer hasta ahora sanciones a 67 verificentros por un total de 50.33 millones de pesos.
Lo anterior debido a que los Centros y Unidades de Verificación Vehicular presentaron irregularidades como: falta de certificados de calibración (pesas de dinamómetros, opacímetros, analizadores de gases, generadores de aire cero y estaciones meteorológicas); incumplimiento de especificaciones de equipo; y falta de cartas de trazabilidad de los gases patrón.
Cabe señalar que el pasado 7 de junio de 2016 se publicó la NOM-EM-167-SEMARNAT-2016, la cual establece los niveles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en la Megalópolis; los métodos de prueba para la certificación de esos niveles; y las especificaciones de los equipos para su certificación.
Por ello, la PROFEPA realizó desde el primero de julio de este año, fecha de entrada en vigor de la norma emergente, visitas de inspección a verificentros para vigilar el correcto funcionamiento de los equipos de medición de emisiones de vehículos automotores.
En ese sentido, esta Procuraduría identificó 447 verificentros ubicados en la Megalópolis; 338 centros de verificación de vehículos particulares y 109 unidades de verificación de transporte público federal, pero sólo 373 se encontraban operando en el momento en que la PROFEPA fue a inspeccionarlos.
La distribución de estos 391 verificentros visitados en las entidades que conforman la Megalópolis son: 84 en la Ciudad de México, 157 en el Estado de México, 76 en Hidalgo, 37 en Tlaxcala, 33 en Puebla y sólo 4 en Morelos, ya que los 42 centros de verificación de vehículos particulares registrados en esta última entidad no han operado desde julio de 2016.
En el periodo de julio a diciembre de 2016 se impusieron suspensiones a 387 líneas de verificación en 141 verificentros: 120 líneas de 32 verificentros en la Ciudad de México; 175 líneas de 58 verificentros en el Estado de México; 23 líneas de 17 verificentros en Hidalgo; 53 líneas de 18 verificentros en Puebla; y 16 líneas en igual número de verificentros en Tlaxcala.
La PROFEPA impuso suspensiones a los verificentros, principalmente por no contar con los certificados de calibración de los aparatos y elementos que intervienen directa e indirectamente en la medición de las emisiones contaminantes de los vehículos de autotransporte.
A la fecha se ha levantado la suspensión de 276 líneas de un total de 88 verificentros por haber dado cumplimento a las observaciones que se hicieron en las visitas de inspección.
La actuación de la PROFEPA ha derivado en la imposición de multas por 50.33 millones de pesos a 67 verificentros, mismas que se han impuesto a todo verificentro con irregularidades, incluyendo aquellos a los que, en su momento, no se les impusieron suspensión de líneas de verificación en algún momento del procedimiento.
Estos resultados son producto de la verificación del cumplimiento de la norma emergente NOM-EM-167, principalmente en lo relativo al cumplimiento de las especificaciones establecidas en las normas NOM-045-SEMARNAT-2006 que establece los límites máximos permisibles de opacidad, procedimiento de prueba y características técnicas del equipo de medición para vehículos en circulación que usan diesel como combustible,
Además, la NOM-047-SEMARNAT-2014 que establece las características del equipo y el procedimiento de medición para la verificación de los límites de emisión de contaminantes de los vehículos que usan gasolina o combustibles alternos, las cuales son la base de la norma emergente.
Con estas acciones, la PROFEPA cumple su compromiso de visitar todos y cada uno de los verificentros que estén en operación en las seis entidades que conforman la Megalópolis durante el este último semestre del 2016.
Cabe señalar que la Profepa continuará con las visitas de inspección a los verificentros durante el primer semestre del 2017 para dar cumplimiento a lo estipulado en la Norma Oficial Mexicana Emergente NOM-EM-167-SEMARNAT-2016.
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