Por: Redacción/
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) deberá asumir competencia, buscar y dar a conocer el listado de las empresas dedicadas a la producción, distribución y/o comercialización de aguacate que operan en el país, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford dijo que ante la importancia que representa para la economía nacional la producción del aguacate, es fundamental que todas las dependencias que cuentan con información al respecto, maximicen su acceso, en apoyo a los particulares interesados en planificar su participación en el mercado de este producto, del cual México produce el 45 por ciento a nivel mundial.
“En este caso, el acceso a la información, relacionada con el padrón de productores de aguacate, facilita a los particulares planear esquemas de negocios, lo que demuestra que el derecho de acceso a la información potencia el ejercicio de otros derechos, como podría ser, la competencia económica o la oportunidad de negocios”, enfatizó.
En respuesta a un particular que solicitó la razón social de dichas empresas, el sujeto obligado indicó que la información requerida era competencia de la Secretaría de Economía (SE), el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) y la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (antes ASERCA), por lo que recomendó acudir a esas instancias. Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, la SAGARPA reiteró su respuesta inicial. En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Oscar Guerra Ford, se encontró que la Dirección General de Operación y Explotación de Padrones es la unidad administrativa que puede conocer de lo requerido, ya que se encarga de coordinar el desarrollo y uso de los padrones de productores de cultivos y plantaciones de programas agrícolas.
Además, define los criterios de integración y uso de la información georeferenciada de los inventarios de obras de infraestructura, proyectos productivos e infraestructura para la comercialización de beneficiarios y productores de cultivos y plantaciones, apoyados por los programas agrícolas.
Por unanimidad, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SAGARPA y le instruyó a asumir competencia para conocer de la información requerida, activando el procedimiento de búsqueda en todas sus unidades administrativas, entre las que no podrá omitir a la referida unidad administrativa, y comunique los resultados a la parte recurrente.
De igual forma, se le manifestó al particular que le asiste el derecho de controvertir la nueva respuesta que el sujeto obligado le entregue al asumir competencia, lo anterior conforme lo dispone la Ley en la materia.
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