Por: Redacción/

La Comisionada Josefina Román Vergara refrendó el compromiso del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para continuar colaborando con las Autoridades de Privacidad de Asia-Pacífico para promover el ejercicio efectivo del derecho a la protección de datos personales y la cultura de la privacidad en el mundo globalizado.

Durante su participación en los trabajos del 52° Foro de Autoridades de Privacidad de Asia-Pacífico (Foro APPA), la Comisionada presentó el Informe de actividades de la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD) del periodo de junio a noviembre de 2019.

Román Vergara afirmó que en estos seis meses la RIPD ha fortalecido sus relaciones con otros organismos internacionales para compartir experiencias y generar espacios deliberativos que fortalezcan el ejercicio y la protección de este derecho fundamental. Asimismo, ha trabajado en la redacción de un proyecto de acuerdo iberoamericano de asistencia jurídica en materia de protección de datos personales.

Entre las actividades de la RIPD, destacó la creación del Foro de la Sociedad Civil, como el principal vínculo entre la Red y las organizaciones sociales formalmente constituidas que tienen, entre sus objetivos, promover el ejercicio del derecho a la protección de datos personales.

Josefina Román señaló también el trabajo de la Red con la Organización de los Estados Americanos (OEA) para elaborar un documento conjunto que actualice los principios de privacidad de la OEA de 2012, a partir del contenido de los Estándares de Protección de Datos Personales para los Estados Iberoamericanos, aprobados en 2017, en Santiago de Chile.

Por lo que se refiere a la protección de datos en el contexto de las tecnologías de inteligencia artificial, informó que, en breve, la Red publicará dos documentos denominados “Orientaciones específicas para el cumplimiento de los principios y derechos que rigen la protección de los datos personales en los proyectos de Inteligencia Artificial” y “Recomendaciones generales para el tratamiento de los datos personales en los proyectos y desarrollos de Inteligencia Artificial”.

Asimismo, la Comisionada del INAI se refirió a la conformación del Grupo de Trabajo Permanente de la Red, cuyo objetivo central es impulsar la incursión de esta instancia en temas de vanguardia, como el tratamiento de datos personales en la inteligencia artificial; la protección de datos personales de las mujeres; la protección de datos y los sistemas educativos, así como la convergencia hacia estándares globales en la materia.

Finalmente, dio cuenta de la participación de la RIPD en el XVII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos, con sede en México; en la 41° Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad, celebrada en Tirana, Albania, y en el evento paralelo titulado “De la convergencia regional a la convergencia global: el modelo latinoamericano”; así como en el seminario “A un año de la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos”, que tuvo lugar en Montevideo, Uruguay. Previo al Informe, la Comisionada Josefina Román expuso ante los miembros del Foro APPA una resolución emitida por el Pleno del INAI, en el marco de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en la que se determinó otorgar acceso al expediente clínico de una persona fallecida y de su hijo recién nacido.

Una persona, en calidad de representante legal de su nieto recién nacido, solicitó a un hospital privado el acceso al expediente clínico del menor y al de su hija que falleció en el parto.

El hospital proporcionó únicamente el resumen clínico de la mujer fallecida, ante lo cual, la solicitante se inconformó y acudió al INAI, argumentando que el acceso al expediente del menor era necesario para preservar la salud de su nieto, y al de su hija, para conocer las condiciones que le pudieran haber generado afectaciones al recién nacido.

Al analizar el caso, el Pleno del INAI, desde una perspectiva de derechos humanos, y atendiendo el principio pro persona, así como lo establecido en diferentes instrumentos normativos nacionales e internacionales, se concluyó que es obligación del hospital hacer efectivo el derecho de acceso a los datos personales contenidos en el expediente clínico de la mujer fallecida, en virtud de que contiene información vinculada con la solicitante.

Asimismo, el Instituto hizo valer el interés superior del menor, consagrado en la Constitución, pues en el caso concreto el acceso a los datos personales del recién nacido es la puerta de entrada al ejercicio de otros derechos fundamentales como el de la protección de la salud. La Comisionada Román subrayó que este asunto se considera relevante debido a que la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares no contempla disposiciones relacionadas con el ejercicio de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de personas fallecidas.

Sin embargo, precisó que cuando una persona considere que le asiste un interés legítimo y requiera ejercer los derechos ARCO de alguien que falleció, puede acudir al INAI, mediante un recurso de revisión, para que el Pleno analice el caso y otorgue acceso los datos cuando se justifique y acredite la necesidad.

El Foro APPA es el principal foro mediante el cual las autoridades de privacidad de esta región logran formar alianzas e intercambiar ideas sobre la reglamentación de la privacidad, las nuevas tecnologías, la gestión de consultas y quejas sobre privacidad.

Entre los objetivos se encuentra facilitar el intercambio de conocimientos y recursos entre las autoridades de privacidad de la región, así como fomentar la cooperación en materia de privacidad y protección de datos y promover conjuntamente actividades de sensibilización en materia de privacidad.

Está integrado por 19 autoridades garantes, de las cuales 12 son nacionales (Australia, Canadá, Colombia, Corea del Sur [dos autoridades], Estados Unidos, Filipinas, Japón, México, Nueva Zelandia, Perú y Singapur), 5 son provinciales (Columbia Británica, Nueva Gales del Sur, Queensland, Territorio del Norte y Victoria) y 2 son regiones administrativas especiales (Hong Kong y Macao).