Por: Redacción
La Comisión Bicamaral del Canal del Congreso de la Unión determinó reelegir a los integrantes del Consejo Consultivo del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
De conformidad con el artículo 22 del Reglamento del Canal, los Consejeros ejercerán el cargo a título honorífico, durante un periodo de un año y podrán ser reelectos, señala el dictamen de la Comisión Bicamaral, turnado al Senado de la República.
El Consejo Consultivo celebró ocho reuniones ordinarias, durante el periodo de su encargo. El artículo 25 del Reglamento, le mandata reunirse, por lo menos, una vez cada seis meses, lo que generó un fuerte compromiso entre los integrantes del Consejo, para llevar a cabo las acciones específicas necesarias para el mejoramiento del Canal del Congreso.
En un ánimo de aportar elementos eficientes para un mejor desempeño y con fundamento en el artículo 26 del Reglamento, el Consejo Consultivo aprobó una reforma a los Lineamientos para el Funcionamiento del Consejo Consultivo del Canal del Congreso.
En cuanto a sus atribuciones y responsabilidades, conferidas por el artículo 27 del Reglamento, el Consejo Consultivo coadyuvó al cumplimiento de los objetivos del Canal y sugirió mecanismos que vincularan a la sociedad.
Fungió como órgano de consulta hacia los sectores público, social y privado, promovió la libertad, pluralidad, corresponsabilidad, calidad y rigor profesional en el desarrollo general del Canal, presentó al Canal y a la Comisión Bicamaral las sugerencias de la sociedad en materia de programación, y contribuyó a consolidar sistemas de evaluación del desarrollo del Canal.
Se reelige a los integrantes del Consejo Consultivo: Cabada Alvidrez Sergio Alberto; Esteinou Madrid Francisco Javier; Gutiérrez Vidal Carlos Adolfo; Luna Pla lssa; Murillo Zúñiga Laura Verónica; Nassar Rodríguez Emilio; Puente Martínez Khemvirg; Rosales Rodríguez José Antonio; Silva Rodríguez Nadia Paulina; Torres Espinoza Gabriel y Trinidad Zaldívar Ángel José.
En las consideraciones del dictamen, se recuerda que, de acuerdo con el artículo 14, inciso m), y 19 del Reglamento es atribución de la Comisión Bicamaral seleccionar a los integrantes del Consejo, de acuerdo con la convocatoria emitida para tal efecto.
El 3 de febrero de 2016, se emitió el “Dictamen de la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión, por el que se designa a los integrantes del Consejo Consultivo del Canal de Televisión del Congreso de la Unión”, tomándoles protesta la Comisión, a los once consejeros, el 10 de febrero de 2016 e instalándose formalmente el Consejo el 25 de febrero de 2016.
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