Redacción

Por otra parte, al resolver el recurso SUP-REP-88/2016 y acumulados, la Sala Superior determinó revocar la amonestación al Partido Acción Nacional (PAN) por uso indebido de la pauta, derivado de la transmisión de promocionales sobre la gestión de Blanca Alcalá Ruiz, candidata a gobernadora de la coalición integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM) y Encuentro Social (ES).

En el asunto se señaló que el promocional lejos de contener expresiones o manifestaciones discriminatorias en razón de género, se inserta dentro del debate político en virtud del cual uno de los contendientes realiza una crítica respecto a la gestión como servidora pública de una de las candidatas que participan en la elección, lo que se encuentra permitido e incluso debe ser vigorizado en una sociedad democrática.

El magistrado ponente Manuel González Oropeza indicó que el promocional señalado se ilustra con la presencia de cinco personas que aparecen entrevistadas y se les pregunta lo mismo. La pregunta es si recuerdan a Blanca Alcalá como presidenta municipal de Puebla.

“En los promocionales no se utiliza ninguna expresión coloquial que la demerite por haber sido presidenta municipal. Y no se hace absolutamente ninguna alusión al género. Sencillamente es la consulta a ciertas personas de su opinión sobre el desempeño de la candidata del PRI como presidenta municipal. Entonces no se puede llegar a la conclusión de que esté motivada por alguna tendencia discriminatoria, por algún dejo de desprecio por el hecho de ser mujer”, agregó.

Lo que se hace en el promocional, añadió, es una crítica dura. “Se tiene que entender que este promocional está reducido a la opinión personal de las entrevistadas en la calle y que ellas son responsables de sus respuestas. El partido las recopila y concluye que no hay ningún mérito en la labor de esta candidata del partido que había ocupado un puesto de elección popular”.

El magistrado presidente, Constancio Carrasco Daza, advirtió que generar la igualdad en nuestro país sigue siendo un desafío, porque todavía hay un déficit importante en el reconocimiento de la necesidad de erradicar la violencia de género.

Sin embargo, afirmó que, en este caso específico, el promocional no constituye algún tipo de violencia política porque no está basado en el género de la candidata, en su condición de mujer, sino en la evaluación de su desempeño público en la gestión que tuvo en la presidencia municipal, antes de ser candidata a gobernadora de la entidad.

“Seguiremos caminando en la aspiración de eliminar todas las manifestaciones de discriminación contra las mujeres”, puntualizó.