Pruebas obtenidas violando derechos fundamentales no son validas: Arely Gómez


Por Vicente Flores

Al participar en la presentación del libro “Código Nacional de Procedimientos Penales”, Teoría y Práctica del Proceso Penal Acusatorio, del Consejero de la Judicatura Federal Alfonso Pérez Daza, la Procuradora General de la República Arely Gómez González, coincidió con el autor en la importancia de la nulidad de cualquier acto de la autoridad realizado con la violación de los derechos humanos, estipulada en el Artículo 97 de dicho ordenamiento.

En el auditorio “Alfonso Quiroz Cuarón” del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE), la Abogada de la Nación resaltó que toda prue­ba obtenida por la autoridad o por un particular, violando derechos fundamentales, directa o indirectamente, no debe tener efecto legal alguno.

“De tal magnitud es la responsabilidad de los servidores públicos, pues la nulidad no sólo invalida las pruebas obtenidas mediante la violación a un derecho fundamental, sino también todas las obtenidas de manera legítima, así se hayan cumplido todos los requisitos constitucionales” aseveró.

Ante abogados, estudiantes e investigadores del Derecho Penal, Gómez González destacó que, según el autor, la valoración de las pruebas im­plica que el tribunal de enjuiciamiento realice un análisis conforme a la sana crítica, las reglas de la lógica, los conocimientos cien­tíficos y las máximas de la experiencia.

Agregó también que la obra que se presenta, contiene un análisis exhaustivo de cada uno de los 490 artículos que conforman el Código Nacional.

La Procuradora recordó, además, que el pasado 18 de junio comenzó el tránsito de un sistema obsoleto e ineficiente, que afectó la percepción de la ciudadanía acerca de sus instituciones, a un nuevo Sistema Procesal Penal Acusatorio que obligó a realizar varias reformas y a promulgar un Código Único de Procedimientos Penales para todo el país.

El objetivo es claro, dijo, el sistema está diseñado para que los asuntos penales se resuelvan de forma pronta y expedita.

Subrayó que el autor realiza un análisis del principio de presunción de inocencia, contemplado en el Artículo 13 donde se señala que la carga de la prueba debe recaer en la parte acusadora, de modo que el ciudadano es inocente mientras no se demuestre lo contrario, con base en evidencia incontrovertible, y no se dicte sentencia en su contra.

Finalmente, Gómez González explicó que el autor toca también uno de los temas más importantes del Sistema Penal Acusatorio, los mecanismos alternativos de solución de controversias, mediante los cuales las partes buscan resolver un diferendo a través del diálogo, la ayuda mutua y la cooperación, o bien, mediante formas anticipadas de terminación del proceso penal.

En el evento también participaron: el autor de la obra Alfonso Pérez Daza,  el Consejero de la Judicatura Federal Felipe Borrego Estrada y el Director General del INACIPE, Rafael Estrada Michel.

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