Por: Redacción
La diputada María Concepción Valdés Ramírez, del GPPRD, presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones del Código Penal Federal con el objetivo de inhibir el almacenaje, la compra y el arrendamiento de pornografía infantil sin fines de comercialización o distribución, pues señaló que aunque existe un gran número de personas que comercializan pornografía infantil en el mundo, un gran porcentaje de estas cometen el mismo delito sin siquiera ser comercializadores.
La legisladora perredista explicó que contrario de lo que suele creerse, el material rara vez es objeto de transacciones comerciales, pero sí de intercambio entre personas que comparten un interés de carácter marcadamente erótico o sexual por los niños o niñas.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que 150 millones de mujeres y 73 millones de hombres menores de 18 años tuvieron relaciones sexuales forzosas o sufrieron otras formas de violencia sexual con contacto físico en 2002; además, cálculos relativos al año 2000 indican que 1.8 millones trabajaban en la prostitución y la pornografía, y 1.2 millones fueron víctimas de la trata de niños.
La explotación de niños a través de la prostitución, pornografía infantil y actividades similares constituyen formas de violencia y se calcula que 1 millón de niños se incorpora a estos sectores cada año, muchos de ellos luego de ser coaccionados, secuestrados, vendidos y engañados para hacerles emprender estas actividades.
Valdés Ramírez denunció que en decenas de ciudades de nuestro país, cada vez es más frecuente la explotación sexual de menores: en Cancún, al menos 30% de las sexoservidoras son niñas; en Acapulco, existen más de medio centenar de puntos -ni siquiera alejados de los ojos de la ciudadanía y de las autoridades- donde se ejerce la prostitución infantil.
Guadalajara no es la excepción, pues en la zona del mercado de San Juan de Dios, los alrededores del centro comercial Plaza del Sol, el Mercado de Abastos, el parque Morelos y la antigua central camionera son sitios donde, de día y de noche, se ofertan los servicios sexuales de menores.
A nivel mundial, la pornografía infantil es el tercer delito que mayores ganancias genera a grupos del crimen organizado –sólo por debajo del narcotráfico y la trata de personas- quienes obtienen más de 30 mil millones de dólares al año.
La diputada perredista sostuvo que el trabajo realizado por la Policía Federal-División Científica –que se encarga junto con la Coordinación para la Prevención de los Delitos Electrónicos de prevenir, investigar y perseguir las conductas ilícitas, consumadas por medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos- ha sido insuficiente, pues diariamente se realizan más de 116 mil búsquedas y al menos 80 mil niñas y niños son explotados.
“En México, tenemos un problema real, crudo para quienes en estos mismos momentos están padeciendo el infierno de ser explotados sexualmente, de vivir bajo el yugo de quienes los están abusando, por lo que tenemos la obligación de crear sistemas de denuncia y servicios accesibles y adecuados para los niños; establecer mecanismos seguros, bien publicitados, confidenciales y sobre todo accesibles para los menores, sus representantes y otras personas para denunciar la violencia contra los niños. Líneas telefónicas de ayuda mediante los cuales los niños puedan denunciar los abusos, hablar con un asesor capacitado de manera confidencial, pedir apoyo y asesoramiento”, sostuvo la legisladora.
La propuesta presentada tiene el objetivo de equiparar la punibilidad y sancionar con mayor severidad a quienes aunque no comercializan, pero sí son consumidores de pornografía infantil y que pueden incitarse a cometer dicho delito en contra de cualquier menor de edad.
Actualmente, el artículo 202 bis del Código Penal Federal vigente, cita que a quien almacene, compre, arriende, el material de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo; sin fines de comercialización o distribución se le impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a 500 días multa; asimismo, estará sujeto a tratamiento psiquiátrico especializado.
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