Por: Redacción
La Comisión de Trabajo y Previsión Social analiza una iniciativa para fortalecer los derechos laborales de las y los empleados domésticos y otorgarles a sus hijas e hijos, acceso a los servicios de guarderías que presta el Instituto Mexicano de la Seguro Social (IMSS).
En México, 2.2 millones de personas se dedican al trabajo doméstico; 96 de cada 100 no tienen un contrato por escrito donde se estipulen las condiciones del empleo. Además, 9 de cada 10 son mujeres, y de acuerdo a las disposiciones vigentes en la Ley del Seguro Social, aunque sean derechohabientes no cuentan con el derecho de guarderías.
A través de una iniciativa, la diputada Mirza Flores Gómez (Movimiento Ciudadano), planteó modificar los artículos 331, 332, 333, 334, 335, 337; adicionar el 332 bis y derogar el 336 de la Ley Federal del Trabajo, donde consideró “absurdo e inaudito que se discrimine a mujeres y hombres que realicen trabajo doméstico, sobre todo cuando tienen Seguro Social”.
De conformidad con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) de 2013, de enero a octubre de 2010, 42.7 por ciento de las trabajadoras domésticas perdieron su empleo por problemas de salud; infortunadamente, sólo 2.2 por ciento tiene cobertura de seguridad social, en los términos que marca el artículo 13, fracción II, de la Ley del Seguro Social.
Consideró ilógico que si una trabajadora o trabajador del hogar son derechohabientes, no tengan acceso para que sus hijos gocen de la misma garantía de estar en una guardería, como los hijos e hijas del resto de los empleados del país que están afiliados al sistema de seguridad social.
Flores Gómez destacó que esta situación, no solamente significa discriminación para mujeres y hombres que se dedican al trabajo doméstico, sino vulneración a los derechos humanos de los menores.
Argumentó que la Ley Federal del Trabajo hace una discriminación al trabajo del hogar, pues de los 13 artículos sobre el tema “en ningún lado se habla de la seguridad social, contrato de trabajo o un horario establecido”.
La intención de la reforma legal es mejorar las condiciones de las empleadas domésticas, pero también se requiere un compromiso ciudadano para valorizarlas y avanzar en la mejora de su situación, pues “mientras estos hechos no sucedan, ni las empleadas domésticas ni sus eventuales patrones tendrán certeza del camino a seguir”.
En su propuesta, la diputada también plantea considerar como empleados del hogar a quienes presten servicios de asistencia personal y acompañamiento a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas con discapacidad.
Prevé la obligación de los patrones de celebrar contrato por escrito en triplicado, debiendo entregar un tanto a la o el trabajador, y el otro lo registrará ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; además, garantizar a las empleadas domésticas embarazadas el derecho establecido en el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.
Considera que los empleados que presten sus servicios para un solo empleador y que residan o no en el domicilio, tengan las condiciones de trabajo que establece el Titulo Tercero, sobre jornada, días de descanso, vacaciones, salario, normas protectoras y utilidades.
Por su parte, los trabajadores domésticos que prestan sus servicios para diferentes empleadores y que no residan en el domicilio, gozarán de un período de descanso anual con derecho a sueldo, en proporción de un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo, y tendrán derecho al pago de una gratificación económica anual equivalente a 50 por ciento del sueldo pagado en un mes de trabajo efectivo.
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