Por: Redacción/
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconoce la necesidad de que las personas procesadas o sentenciadas penalmente, que estén en libertad, cuenten con una identificación con validez oficial, que les permita ejercer su derecho a identificarse, en igualdad de circunstancias con cualquier otra persona, para que puedan llevar una vida de inclusión social y sin factores de discriminación.
No contar con un documento oficial de identificación que garantice el derecho humano a la identidad personal consagrado en el artículo 4º, párrafo octavo, constitucional y en el derecho internacional de los derechos humanos, por ser procesado o sentenciado por la comisión de un delito, resulta incompatible con los principios de dignidad humana y de reinserción social, reconocidos en la propia Constitución Federal.
Por ello, este Organismo Nacional emitió el Pronunciamiento sobre el derecho de las personas procesadas y sentenciadas penalmente que se encuentran en libertad a contar con una identificación con validez oficial, ya que el derecho a la identidad garantiza el ejercicio de todas las demás prerrogativas y es acorde con el principio de interdependencia de los derechos humanos, pues sin éste la persona no es reconocida jurídicamente y su reinserción en la vida laboral, educativa, política y social es altamente limitada.
En dicho Pronunciamiento, la CNDH llama la atención sobre la necesidad de implementar un documento gratuito de identificación oficial, desvinculado de procesos político-electorales o de cualquier otra índole, que garantice el acceso a las mismas oportunidades para cualquier persona y evite su exclusión social. En tanto eso se concreta, se propone que las personas procesadas o sentenciadas, que estén en libertad, puedan contar con la credencial para votar, para efectos exclusivos de identificación y sin que ello implique, en su caso, restitución de los derechos políticos que les hubiesen sido suspendidos.
Este Organismo Nacional enfatiza que las acciones que realizan las autoridades en materia de justicia penal y penitenciaria, no pueden ser contradictorias con el principio de progresividad de los derechos humanos consagrado en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el derecho internacional de los derechos humanos, pues afectan el ejercicio de derechos que no deben ser suspendidos ni limitados a ninguna persona, incluidas aquellas que se encuentran vinculadas a proceso o en la ejecución de una sentencia penal en libertad.
El texto íntegro del Pronunciamiento sobre el derecho de las personas procesadas y sentenciadas penalmente que se encuentran en libertad a contar con una identificación con validez oficial puede consultarse en la página www.cndh.org.mx
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