Por: Redacción
Los programas sociales no deberán usarse de manera indebida ni condicionarse su entrega, de acuerdo con las reformas a la Ley General de Desarrollo Social aprobadas por el Senado de la República, a propuesta de la senadora Martha Elena García Gómez.
La iniciativa presentada por García Gómez, Presidenta de la Comisión de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, y aprobada por el pleno el pasado 27 de abril, establece también que la política de desarrollo social quedará sujeta, entre otros principios, al del interés superior de la niñez.
Asimismo, se crean los mecanismos de vigilancia permanente, para que los recursos públicos destinados al desarrollo social se ejerzan con base en los principios establecidos en la ley.
Además, queda “prohibido el uso indebido o condicionado de programas sociales y de sus recursos, así como cualquier práctica discriminatoria en la prestación de los bienes y servicios contenidos en los programas para el desarrollo social”.
“Los servidores públicos que incumplan lo dispuesto en el presente artículo, serán sancionados de acuerdo con los ordenamientos legales correspondientes”, refiere el texto.
Asimismo, y con el objetivo de que la niñez y la adolescencia en situación de pobreza extrema o de situaciones de vulnerabilidad sean beneficiados por los programas y apoyos que esa ley establece, se aprobó una modificación para instituir el establecimiento de programas dirigidos y focalizados para ese sector de la población.
Las senadoras y senadores de todos los partidos representados en la Cámara alta aprobaron adicionar un párrafo XI al artículo tercero de la Ley de Desarrollo Social, para que en los programas sociales se establezca “el interés superior de la niñez, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y en los tratados internacionales aplicables de los que el Estado Mexicano sea parte”.
Asimismo, el Pleno de la Cámara alta aprobó el dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, para que toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad tenga derecho a recibir acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja.
En este sentido, se deberá considerar “de manera prioritaria a niñas, niños y adolescentes en situación de extrema pobreza y aquellos que se encuentren en cualquier otra situación de vulnerabilidad”.
También se aprobó que, para el diseño de cualquier política o programa en el que se involucre a niñas, niños y adolescentes, se deberá “considerar a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos; el derecho de prioridad; una evaluación del impacto negativo o positivo en sus derechos y las condiciones de vulnerabilidad de cualquier grupo de niñas, niños y adolescentes”.
De la misma forma, deberá establecer los mecanismos de participación de niñas, niños y adolescentes en cualquier política o programa en que se vean involucrados, así como los mecanismos de denuncia que contempla la ley.
También se adicionó el párrafo IV al artículo 119 de la ley para establecer que “los programas dirigidos a niñas, niños y adolescentes en situación de pobreza extrema o cualquier otra situación de vulnerabilidad”.
El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados con carácter de minuta para continuar su proceso legislativo.
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