Por: Redacción

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) sancionó con $18,090,547.20 a la empresa FORD MOTOR COMPANY, S.A. DE C.V., por comercializar 4,690 vehículos sin haber obtenido el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental de las NOM-042-SEMARNAT-2003 y NOM-079-SEMARNAT-1994.

La multa se impuso por cada certificado que no se obtuvo antes de haber importado y/o comercializado vehículos marca FORD y LINCOLN, año modelo 2015 y 2016, en el territorio nacional. Con ello se está imponiendo una penalidad global de acuerdo a lo señalado en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).

Personal de la PROFEPA practicó visita de inspección el pasado 25 de febrero de 2016 a la empresa FORD MOTOR COMPANY, S.A. DE C.V., a fin de verificar que los vehículos automotores nuevos, año 2015 y 2016, contaran con el Certificado en comento, previo a su venta.

Por ello, inspectores federales de esta Procuraduría constataron que FORD MOTOR COMPANY, S.A. DE C.V., importó y comercializó 4,690 vehículos automotores año modelo 2015 y 2016, sin haber obtenido previamente el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental de las normas antes referidas, de acuerdo a lo siguiente:

No.

Marca

Vehículos comercializados año modelo  2015 sin contar con certificado NOM

Ford

4,421

 

No.

Marca

Vehículos comercializados año modelo  2016 sin contar con certificado NOM

Ford

251

Lincoln

18

Además, se verificó que son 12 Certificados NOM de Cumplimiento Ambiental expedidos por esta autoridad federal ambiental con los que no contaba la compañía, correspondientes a los vehículos año modelo 2015 y 2016, previamente a la comercialización de los automotores, de acuerdo con lo siguiente:

No.

Marca

Certificados NOM con los que no se contaba al comercializar vehículos para el año 2015

1.
Ford

8

Total

8

No.

Marca

Certificados NOM con los que no se contaba al comercializar vehículos para el año 2016

2.
Ford

3

3.
Lincoln

1

Total

4

Cabe señalar que el monto de la sanción se estableció a partir de los criterios que establece la ley, entre ellos: Capacidad económica del infractor; beneficio económico que obtiene; gravedad de las infracciones y la intencionalidad de su acción.

La PROFEPA vigilará que la industria automotriz en México cumpla con la normatividad ambiental y que no comercialicen vehículos en el territorio nacional sin contar con el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental que expide esta dependencia.