Por: Redacción
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) sancionó con $18,090,547.20 a la empresa FORD MOTOR COMPANY, S.A. DE C.V., por comercializar 4,690 vehículos sin haber obtenido el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental de las NOM-042-SEMARNAT-2003 y NOM-079-SEMARNAT-1994.
La multa se impuso por cada certificado que no se obtuvo antes de haber importado y/o comercializado vehículos marca FORD y LINCOLN, año modelo 2015 y 2016, en el territorio nacional. Con ello se está imponiendo una penalidad global de acuerdo a lo señalado en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).
Personal de la PROFEPA practicó visita de inspección el pasado 25 de febrero de 2016 a la empresa FORD MOTOR COMPANY, S.A. DE C.V., a fin de verificar que los vehículos automotores nuevos, año 2015 y 2016, contaran con el Certificado en comento, previo a su venta.
Por ello, inspectores federales de esta Procuraduría constataron que FORD MOTOR COMPANY, S.A. DE C.V., importó y comercializó 4,690 vehículos automotores año modelo 2015 y 2016, sin haber obtenido previamente el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental de las normas antes referidas, de acuerdo a lo siguiente:
No. |
Marca |
Vehículos comercializados año modelo 2015 sin contar con certificado NOM |
|
Ford |
4,421 |
No. |
Marca |
Vehículos comercializados año modelo 2016 sin contar con certificado NOM |
|
Ford |
251 |
|
Lincoln |
18 |
Además, se verificó que son 12 Certificados NOM de Cumplimiento Ambiental expedidos por esta autoridad federal ambiental con los que no contaba la compañía, correspondientes a los vehículos año modelo 2015 y 2016, previamente a la comercialización de los automotores, de acuerdo con lo siguiente:
No.
Marca
Certificados NOM con los que no se contaba al comercializar vehículos para el año 2015
1.
Ford
8
Total
8
No.
Marca
Certificados NOM con los que no se contaba al comercializar vehículos para el año 2016
2.
Ford
3
3.
Lincoln
1
Total
4
Cabe señalar que el monto de la sanción se estableció a partir de los criterios que establece la ley, entre ellos: Capacidad económica del infractor; beneficio económico que obtiene; gravedad de las infracciones y la intencionalidad de su acción.
La PROFEPA vigilará que la industria automotriz en México cumpla con la normatividad ambiental y que no comercialicen vehículos en el territorio nacional sin contar con el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental que expide esta dependencia.
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