Por: Redacción
La Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Reguladora de Energía firmaron un convenio de colaboración para establecer un fluido intercambio de información sobre el mercado de combustibles que permitirá robustecer las verificaciones y, con ello, prevenir abusos.
Con la finalidad de proteger y empoderar al consumidor en el contexto de la apertura en el sector energético, el Procurador Ernesto Nemer Álvarez y el Comisionado Presidente de la CRE, Guillermo García Alcocer, formalizaron el convenio de colaboración que establece acciones coordinadas para el cumplimiento de las leyes, normas y demás disposiciones en la venta al público de petrolíferos y gas LP.
Ambas instituciones pueden imponer sanciones a las empresas que no reporten precios a la Comisión Reguladora de Energía o que vendan los combustibles por encima del precio máximo establecido. En este sentido, la Profeco dará aviso a la CRE cuando observe el incumplimiento de los precios máximos y cuando éstos no sean iguales a los reportados ante la CRE por los permisionarios. Por su parte, la Profeco podrá imponer sanciones a las gasolineras cuando no despachen litros completos.
Cuando las estaciones vendan gasolinas y diésel a un precio mayor al máximo, distinto al reportado a la autoridad o no respeten los términos y condiciones establecidos en los permisos que otorga la CRE, entre ellas, las de tener los precios visibles, dicha instancia podrá sancionar con multas de hasta 24 millones de pesos de acuerdo con la Ley de Ingresos 2017 y la Ley de Hidrocarburos.
Asimismo, de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Profeco podrá aplicar multas de hasta 4.1 millones de pesos, que se pueden duplicar en caso de reincidencia. En caso de que se nieguen a ser verificados, la Procuraduría puede presentar denuncias penales ante la Procuraduría General de la República (PGR), en términos del artículo 253 Fracción III del Código Penal Federal, el cual contempla una sanción de hasta 10 años de prisión por presuntos delitos contra la economía pública y multas de hasta 8.2 millones de pesos.
En materia de gas LP, permisionarios y distribuidores pueden ser acreedores a multas de hasta 22.6 millones de pesos cuando no tengan los precios visibles o vendan a un precio mayor al reportado a la CRE. Además, cuando un permisionario no reporte sus precios a la Comisión, se hará acreedor a una multa de hasta 11.3 millones de pesos de acuerdo con la Ley de Hidrocarburos.
Los permisionarios de gas LP que se nieguen a la verificación de la Profeco pueden ser sancionados hasta con 10 años de prisión por presuntos delitos contra la economía pública y multas de hasta 8.2 millones de pesos.
Con la firma del convenio, la CRE dará acceso a Profeco a la información referente a los precios al público de los combustibles, así como a los volúmenes de compra y venta en las actividades de distribución y venta.
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