Por: Redacción/
El Senado aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 157, 158 y 160; y se deroga el 159 de la Ley Federal del Derecho de Autor y deroga la disposición que permite la libre utilización de las expresiones del arte popular o artesanal.
Al presentar el decreto, la Senadora Susana Harp Iturribarría, del Grupo Parlamentario de Morena, señaló que la dificultad de reconocer la autoría colectiva de las comunidades, se tradujo en la figura de la libre utilización de artesanías, obras artísticas y literarias de los pueblos y comunidades indígenas. Cualquier persona podía disponer de tales obras siempre y cuando se señalara la región o la etnia de procedencia.
Esta circunstancia, dijo, dejó en condición de uso de explotación y libre comercialización a muchos elementos de las culturas populares e identidades de los pueblos y comunidades indígenas.
Con la premisa del uso libre, el patrimonio cultural está en estado de indefensión. Dejamos en un segundo plano a las expresiones tradicionales como si fueran manifestaciones artísticas de menor categoría, subrayó.
La propuesta, abundó es para eliminar la figura de libre utilización de las obras literarias y artísticas de arte popular y artesanal, a fin de restituir a sus custodios originales, el derecho de decidir si se reproduce y quién la reproduce.
La legisladora enfatizó que lo mínimo que se puede solicitar a quien explota una obra artística es la autorización de quienes se han encargado por generaciones de proteger su patrimonio y su legado cultural.
Harp Iturribarría, indicó que con esta reforma se equipararán de manera justa las obras literarias y artísticas, producto de las culturas populares o elementos e identidad de los pueblos indígenas que protege la citada ley.
Mencionó que la omisión de la protección del legado cultural en las normas jurídicas, es un impedimento más para el acceso pleno de la justicia de los pueblos, comunidades indígenas y afromexicanas y ha permitido el abuso de empresas nacionales y extranjeras, como el plagio de los textiles de Santa María Tlahuitoltepec, por la diseñadora francesa Isabel Marant; los huipiles de Jalapa de Vías; las blusas y vestidos de San Antonino Velazco; la cerámica de la familia García, de Ocotlán y los multiplagiados textiles de Istmo de Tehuantepec, entre muchas expresiones más.
“Deroguemos el uso libre de expresiones de las culturas populares indígenas y actualicemos la ley para la protección de nuestro legado histórico y cultural”.
La senadora del PAN, Xóchitl Gálvez, aseveró que la decisión de cambiar la mencionada ley, era indispensable. Con ella, dijo, se detiene el plagio. Posteriormente le daremos identidad jurídica al pueblo que es dueño de ese patrimonio cultural y que podrá tener un beneficio.
Al hacer una reserva al artículo 160, la senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del PT, afirmó que la adecuación que se acordó con la Comisión de Cultura, adiciona que cuando no sea posible obtener el consentimiento del titular o exista duda sobre el mismo, el Ejecutivo Federal por conducto de la secretaría de Cultura, con opinión del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, podrá autorizar el uso solicitado. Lo anterior, a efecto de que ante duda o ausencia del titular designado por la comunidad o etnia correspondiente sean las instancias arriba mencionadas las que lo autoricen.
El proyecto de decreto fue remitido a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales correspondientes.
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