Por: Redacción
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) puso a disposición de la Procuraduría General de la Republica (PGR) a cinco personas por derribo de arbolado en el predio “El Estanque”, ubicado en los municipios de Salvador Escalante y Pátzcuaro, Michoacán, por no contar con la autorización para el de Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales o para el aprovechamiento forestal maderable que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
En coordinación con la Policía Ambiental de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Michoacán, personal de la PROFEPA adscrito a la entidad llevó a cabo un operativo forestal con el objetivo de detectar tala ilegal y cambios de uso de suelo en terrenos forestales.
Por ello, los inspectores federales llevaron a cabo recorridos de vigilancia por carreteras, caminos de terracería y brechas dentro de los predios forestales de los municipios de Salvador Escalante y Pátzcuaro, Michoacán.
Durante la diligencia fueron encontradas en flagrancia cinco personas que realizaban actividades de derribo de arbolado, seccionado de madera en rollo producto de los fustes de los árboles y carga de la madera en un vehículo.
Lo anterior se llevaba a cabo en el predio “El Estanque”, donde se encuentra vegetación forestal correspondiente a bosque de Pino, ubicado en las colindancias de las comunidades de Zirahuén y San Miguel Nocutzepo, de los municipios de Salvador Escalante y Pátzcuaro, respectivamente.
En este sitio se encontraron tres árboles derribados recientemente, dos de Pino y uno de Cedro blanco; así como dos motosierras que utilizaron para el derribo y seccionado de la madera en rollo.
Por lo anterior, la PROFEPA solicitó a las personas la autorización de aprovechamiento extractivo forestal y para el cambio de uso de suelo, a fin de avalar la legalidad de estas acciones; sin embargo, ninguna fue presentada.
De igual manera, se aseguró precautoriamente un vehículo de doble rodada, el cual contenía sobre su área de carga 14 piezas de madera en rollo de cortas dimensiones, del generoPinus con un volumen total de 1.1 m3.
Debido a que el predio se encuentra en la zona de influencia de las Cuencas del Lago de Pátzcuaro y Lago de Zirahuén, las personas, los vehículos, la madera y las motosierras fueron puestas a disposición de la delegación de la PGR en Michoacán.
Según el Artículo 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el responsable de cambiar la utilización de los terrenos forestales, sin contar con la autorización correspondiente, se hará acreedor a una multa por el equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.
Conforme a lo previsto en el Artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión, así como una multa por el equivalente de 100 a 3,000 días multa a quien desmonte o destruya la vegetación natural y cambie el uso del suelo forestal.
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