Por: Redacción/
La Comisión para la Igualdad de Género prepara cambios a la llamada Ley Olimpia, que aprobó la Cámara de Diputados en noviembre de 2019 y que busca sancionar la violencia digital contra las mujeres e impedir el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual, sin su consentimiento, en plataformas de Internet o redes sociales.
En reunión a distancia, la presidenta de este órgano legislativo, Martha Lucía Micher Camarena, informó que entre las modificaciones está la precisión para reconocer a la violencia digital y la violencia mediática como dos modalidades más de las agresiones que padecen las mujeres.
“Creemos que no hay que limitar la reforma únicamente al ámbito digital, sino ampliarla a los medios de comunicación”. La propuesta, agregó, responde a la necesidad de que en todos los medios de comunicación se fomente la erradicación de los estereotipos de género.
La minuta de la colegisladora plantea que, en el artículo 6 de la Ley General de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se defina sólo a la violencia digital como actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento.
Así como textos, fotografías, videos y datos personales u otras impresiones gráficas sonoras o cualquier otra acción que sea cometida a través de las tecnologías de la información, plataformas de Internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones o cualquier otro espacio digital, que atenten contra la integridad, dignidad, intimidad, libertad, vida privada o vulnere algún derecho humano de las mujeres.
De esta manera, la Comisión para la Igualdad de Género del Senado considera indispensable incorporar como medida de protección para las mujeres, la suspensión, retiro o inhabilitación de las imágenes o videos difundidos sin consentimiento o autorización.
Micher Camarena dijo que con ello se abre la puerta para tipificar el delito en el Código Penal Federal. En este ordenamiento se sugiere establecer que comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya y publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona mayor de 18 años, sin el consentimiento, aprobación o conocimiento de la víctima.
Otro de los cambios a la propuesta de la Cámara de Diputados, es la inclusión de la violencia mediática como todo acto a través de cualquier medio de comunicación que promueva estereotipos sexistas, haga apología de violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión del discursos de odio sexista, entre otros supuestos.
La senadora Kenia López Rabadán, de Acción Nacional, reconoció los avances en la reforma, pues define una nueva forma de violencia que afecta a niños, niñas, adolescentes y adultos. “Creo que vamos a poder dar respuesta contundente por la vía legal y penal”, expresó.
Por el Grupo Parlamentario del PVEM, la senadora Leonor Noyola Cervantes propuso otorgar más “armas” al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación para poder actuar en esta materia.
Las senadoras de la Comisión para la Igualdad de Género acordaron revisar estas propuestas, analizarlas y enriquecer la llamada “Ley Olimpia”.
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