Por: Redacción/
La senadora Martha Elena García presentó una iniciativa para que cualquier persona distinta a la madre o padre que pretenda establecer un vínculo de filiación con una niña, niño o adolescente deberá sujetarse, sin excepción, a los procedimientos aplicables en materia de adopción, a través de las autoridades competentes, con el fin de garantizar el sano desarrollo de la niñez y su derecho a la identidad.
En su propuesta, que busca reformar y adicionar el artículo 21 Bis de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la senadora por Nayarit afirmó que esta modificación contribuirá a evitar los delitos de secuestro, venta y trata de niñas y niños, así como la falsificación de documentos oficiales o cualquier práctica ilícita.
García Gómez indicó que de acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (Unicef) el derecho a la identidad es el reconocimiento jurídico y social de una persona como sujeto de derechos y responsabilidades y, a su vez, de su pertenencia a un Estado, un territorio, una sociedad y una familia, condición necesaria para preservar la dignidad individual y colectiva de las personas.
El derecho a la identidad, agregó, se liga con el interés superior de la niñez para contar con nombre, nacionalidad y una filiación específica, que le permita al niño o niña ejercer todos y cada uno de los derechos que ello conlleva, lo que se materializa con la expedición inmediata y gratuita de un acta de nacimiento.
“Lo anterior cobra relevancia para aquellos casos en los que los niños y niñas recién nacidos son considerados como objetos de comercio y se realizan actos de trata, venta, explotación o cualquier acto o contrato que pretenda transferir la identidad y vulnerar los derechos de la niñez”, subrayó.
En su informe de 1999, la entonces Relatora Especial Sobre la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en Pornografía, destacó que “al igual que en el caso de la venta de una persona, la trata de una persona la reduce al nivel de mercancía comercial y, por consiguiente, es condenable de manera inherente sea cual sea la finalidad última que la ha motivado. De manera que el argumento de que en la mayoría de los casos de adopción la niñez tendría condiciones mejores de vida, no justificaría en modo alguno la venta de recién nacidos”, dijo.
En el mismo sentido, añadió, el Informe considera que las adopciones resultantes de delitos como secuestro, la venta y la trata de niños, el fraude en la declaración de que un niño pueda ser adoptado, la falsificación de documentos oficiales, o la coacción, así como cualquier actividad o práctica ilícita, como la falta de consentimiento de los padres biológicos, la obtención de un beneficio material indebido por los intermediarios y la corrupción conexa, atentan contra el interés superior de la niñez y su identidad misma.
Por ello, reiteró, es necesario impulsar reformas que protejan el interés superior de la niñez mexicana.
La iniciativa de la senadora por Nayarit fue turnada para su análisis a a las comisiones unidas de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.
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