Por: Redacción/
El Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo propuso modificar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que el seguro de desempleo se otorgue a trabajadores formales e informales con un ingreso no menor a tres salarios mínimos y con una duración mayor a los tres meses.
Mediante una iniciativa que pretende reformar los artículos 4º y 123 de la Constitución Mexicana, los integrantes del PT en el Senado de la República buscan proteger el bienestar y la dignidad humana de los trabajadores mexicanos.
La senadora Geovanna Bañuelos de la Torre, explicó que actualmente en México no existe un mecanismo que funja como red de seguridad ante el desempleo; el cual se ha agravado considerablemente con la pandemia del Covid-19, donde miles de empleados han perdido su única fuente de ingresos.
La legisladora por Zacatecas destacó que diversos trabajadores han sido obligados a renunciar o bien, a modificar su contrato laboral para reducir su sueldo ante la contingencia sanitaria que vive el país.
Por lo que resulta necesario modificar la redacción del artículo 123 constitucional para que el seguro de desempleo aplique en todos los casos y no solamente cuando se produce un despido injustificado. “De esta manera, se defiende el derecho de profesión y el derecho al trabajo”.
El documento presentado a la Comisión Permanente, señala que implementar exitosamente un seguro de desempleo que realmente beneficie a las personas en situación de vulnerabilidad económica, es necesario observar el panorama laboral nacional.
El cual está comprendido principalmente por trabajadores subempleados, informales o no asalariados, lo que los coloca en una situación de una mayor precariedad laboral.
De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), seis de cada diez trabajadores son informales y generan el 22.7% del PIB de México.
En consecuencia, se propone reformar el artículo 4º constitucional para reconocer como un derecho humano, asociado a la seguridad social y al trabajo, al ingreso básico que se percibe por concepto de seguro de desempleo.
“Se optó por realizar la modificación en este artículo debido a que es necesario e indispensable incluir a los trabajadores del sector informal de la economía en el goce de este derecho”, precisó.
Asimismo, se reforma el Apartado B para reconocer la misma prestación de seguridad social a los trabajadores del Estado.
Finalmente, se reforma el artículo 73 constitucional donde faculta al Congreso de la Unión para expedir la Ley del Seguro Universal de Desempleo.
La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores para su análisis y posterior dictamen.
No Comment