Por: Redacción
La Comisión de Hacienda y Crédito Público analizará reformas a la Ley de Instituciones de Crédito para prohibir que estos establecimientos financieros otorguen y celebren créditos, préstamos o donaciones con su clientela a través de cajeros automáticos.
En una iniciativa que adiciona un numeral V-Bis al artículo 106, el secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido (Movimiento Ciudadano), expone que la intención es proteger a los usuarios sin antes haber recibido información detallada, y sugiere que los cajeros otorguen publicidad explicativa sin opción a contratación.
Actualmente, la forma en que trabajan los cajeros puede ser considerada como engañosa y pretende hacer caer en el error a los usuarios, “ya que hay muchos que ni siquiera tienen un manejo correcto y ágil de estos aparatos”.
Ralis Cumplido refiere que en un informe realizado por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) sobre las reclamaciones de los usuarios presentadas en cajeros automáticos, de enero a septiembre de 2016, un 75 por ciento de las quejas recibidas se debía a que el cajero no había entregado completo el monto de dinero solicitado.
Lo que corresponde a 234 mil 62 reclamos, seguidos por cargos de servicios de adquirencia y abono por servicio de adquirencia con 25 mil 393 y 32 mil 710 en reclamos, respectivamente.
Menciona que la Condusef emitió una guía en la cual proporciona siete pasos para utilizar el cajero automático. “Uno de los puntos versa sobre el tiempo que puede llevar al usuario utilizar el cajero, ya que al hacerlo de manera apresurada puede contratar un seguro que no desea o crédito que no necesita y que derivado del mismo tenga problemas para cancelarlo”.
De las recomendaciones emitas por Condusef, se plantea que si por error se autorizó algún servicio o crédito ya sea por distracción, de manera inmediata se deberá comunicarse al banco para cancelarlo y evitar cargos no planeados.
Y si es la decisión del usuario adquirir el servicio por esta vía, deberá comunicarse a la institución bancaria o asistir a la sucursal para saber más información acerca del crédito o seguro y aclara cualquier duda.
El diputado Germán Ernesto Ralis puntualiza que la contratación automática, dependiendo de la institución bancaria, puede propiciar que los usuarios no se percaten de las irregularidades, y que una vez vencido el término para cancelar el servicio, el banco “les empiece a cobrar ciertas cantidades por el servicio, o bien, pagar una cuota por su cancelación, cuando la contratación debe estar condicionada a que se brinde información precisa sobre el servicio”.
Por ello, expone, es fundamental legislar a favor de las buenas prácticas y regular a las instituciones financieras para que los tarjetahabientes disfruten de información clara en su beneficio, ya que en los cajeros automáticos se ofertan créditos o seguros sin información suficiente lo que se torna engañoso en cuanto al monto a pagar o las cuotas que hay que cubrir.
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