Por: Redacción/
Petróleos Mexicanos (Pemex) debe entregar versión pública de los oficios relacionados con las gestiones de legalización para la ocupación superficial de parcelas en el estado de Veracruz, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford afirmó que resulta fundamental que las personas accedan a la información sobre las posibles expropiaciones, con el fin de promover la fiscalización ciudadana e impulsar acciones que permitan a la población defender sus derechos.
“Lo que demuestra que el acceso a la información se convierte en base para el ejercicio de otros derechos, pues el recurrente obtendría las copias certificadas sobre actos administrativos sobre la empresa productiva del Estado, que le facilitaría la defensa de otras situaciones jurídicas.
Lo cual celebramos, pues es precisamente la idea con la que se creó esta ley y esta institución”, subrayó. Un particular solicitó copia certificada de 16 oficios referentes a las gestiones de legalización de la ocupación superficial con que Pemex ha afectado parcelas pertenecientes a particulares, en el estado de Veracruz.
Pemex clasificó la información solicitada como reservada, argumentando que darla a conocer podría vulnerar la conducción de expedientes judiciales o procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio.
Inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que no existe afectación a los derechos del debido proceso, ni vulneración a la conducción de expedientes judiciales con el otorgamiento de la información solicitada.
Al analizar el caso, la ponencia del comisionado Guerra Ford advirtió que si bien, la emisión de la resolución en torno al juicio 102/2018 se encuentra pendiente, los documentos requeridos son de naturaleza pública, ya que su difusión no afectaría la determinación del juzgador.
“El sujeto obligado no aportó elementos necesarios que permitan acreditar un daño al debido proceso, recordemos que la Ley se modificó, que en la Ley Federal sí era el expediente, ahora son aquellos documentos que puedan afectar y para ello hay que comprobar esa posible afectación a través de la prueba de daño”, indicó el comisionado.
Añadió que lo requerido tampoco puede reservarse argumentando que la información se refiere a actuaciones, diligencias o constancias propias del procedimiento, pues los documentos solicitados fueron emitidos con propósitos diversos al juicio en trámite.
Por lo anterior, el Pleno revocó, por mayoría, la respuesta de Pemex y le instruyó notificar al particular la disponibilidad de la información, correspondiente a los dieciséis documentos identificados en la solicitud de acceso a información, en la modalidad elegida por éste, a saber, copia certificada, previo pago de los derechos respectivos.
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