***Las restricciones de circulación al transporte de carga permitirá un mejor flujo de los usuarios de las carreteras federales
Por: Redacción
A fin de contribuir al rápido y seguro desplazamiento de vehículos automotores que circulan por caminos y puentes de jurisdicción federal, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) emitió un aviso para limitar la circulación al transporte federal y privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales que transiten por dichas vías durante el fin de semana largo y periodo vacacional.
Los horarios de operación de estas unidades está comprendido de las 00:00 horas del 18 de marzo de 2016, a las 23:59 horas del 4 de abril del presente año, fecha en que también concluye el periodo de asueto de primavera.
Las restricciones de circulación al transporte de carga durante los días de mayor afluencia vehicular, permitirá un mejor flujo de los usuarios de las carreteras federales, compuesto principalmente de familias que viajan a los diversos destinos turísticos del país.
Las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la SCT, podrán transitar en el periodo antes señalado -es decir entre el 18 de marzo de 2016 y 4 de abril del presente año-, de acuerdo con el siguiente calendario:
• El 22 de marzo, así como del 28 de marzo al 1 de abril de 2016, de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.2 y 5.5.52 de la NOM-040-SCT-2-2012, esto es:
-Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4, C o D: de las 00:00 horas a las 23:59 horas.
-Cuando circulen por caminos tipo ET2, A2, B2, C o D: de 06:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas; y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.
• El 23 de marzo y el 2 de abril de 2016, para cualquier tipo de camino, de las 06:00 a las 14:00 horas, de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.
• Los días 18 al 21 y del 24 al 27 de marzo, así como el 3 y 4 de abril de 2016, deberán suspender totalmente su tránsito.
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