Por: Redacción/
La Jueza Quinto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Civiles Federales, Julissa González Rojas concedió la Suspensión de Plano, a cuatro indígenas de pueblos tsotsil, tseltal, zoque y chol en el estado de Chiapas, por la omisión tanto del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador así como del Secretario de Salud, Jorge Carlos Alcocer Varela, del Consejo de Salubridad General y del Gobernador chiapaneco, Rutilio Escandón Cadenas, de dar a conocer en la lengua materna las medidas y acciones sanitarias efectivas de contención, prevención y combate del coronavirus COVID-19.
Por lo que la Jueza concedió al Presidente de la República, al Secretario de Salud, al presidente del Consejo de Salubridad General y al Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, un plazo de 24 horas para que acaten la resolución apercibiéndolos que en caso de incumplimiento pueden hacerse acreedores a penas privativas de libertad e inhabilitación para ejercer cargos o comisiones públicas.
Quedó claro que al no difundir en la lengua materna de las comunidades indígenas las acciones preventivas contra la pandemia, el Presidente Andrés Manuel López Obrador, se olvidó hasta de su lema “por el bien de todos, primero los pobres”, dijo Jesús Gutiérrez Valencia, vocero de la CNPA-MN.
Además, enfatizó, al desconocer en la lengua materna las medidas y acciones sanitarias efectivas de contención, prevención y combate del coronavirus COVID-19, la población indígena de pueblos tsotsil, tseltal, zoque y chol en el estado de Chiapas y en otras entidades del país quedan vulnerables ante la pandemia y adquirir el contagio.
Jesús Gutiérrez Valencia, vocero de la Coordinadora Nacional Plan de Ayala Movimiento Nacional y la firma de abogados “Rivero&Asociados, Defensa Estratégica en Derechos Humanos”, precisaron que el amparo 329/2020, que fue presentado el lunes 6 de abril, exige de manera inmediata “garantizar el acceso a la información y dar a conocer las medidas y acciones sanitarias efectivas de contención, prevención y combate de la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19 en las lenguas maternas de los pueblos Tsotzil, Tseltal, Zoque y Chol”.
La información deberá difundirse a través de los medios masivos de comunicación (audiovisuales, orales y gráficos) respetando las especificidades culturales de cada pueblo, de acuerdo al amparo promovido por integrantes del Movimiento Campesino Regional Independiente, Coordinadora Nacional Plan de Ayala, Movimiento Nacional (MOCRI-CNPA-MN), a través de la firma de abogados “Rivero&Asociados, Defensa Estratégica en Derechos Humanos”.
El juicio de amparo se tuvo que promover ante la falta de información en la lengua, Tsotzil, Tseltal, Zoque y Chol, sobre los riesgos para la salud y la vida que implica contraer el coronavirus ya que los integrantes de los pueblos indígenas de todo el país lo desconocen ante la falta de cumplimiento de los gobiernos federal y estatal para proteger y garantizar el derecho a la salud y a la vida a través de la implementación de medidas eficaces.
Aunque el amparo tiene efectos para los cuatro grupos étnicos mencionados, el Estado mexicano tiene la obligación legal, política y moral para difundir a través de los medios masivos de comunicación (audiovisuales, orales y gráficos) las medidas y acciones sanitarias efectivas de contención, prevención y combate de la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19 en las lenguas maternas de todos los pueblos indígenas del país, respetando las especificidades culturales de cada pueblo.
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