Redacción

El Pleno del TEPJF ordenó al Tribunal Electoral de Veracruz imponer una multa a Cuitláhuac García Jiménez, candidato a la gubernatura de Veracruz por Morena, por la realización de actos de campaña anticipados.

Al resolver el asunto, la Sala Superior revocó la sentencia que se le había impuesto a García Jiménez consistente en una amonestación pública por la realización de pintas de bardas, al considerar que esa acción constituyó un acto anticipado de campaña, ya que trajo como consecuencia un posicionamiento anticipado.

De la misma manera, provocó una sobreexposición de la imagen del candidato a gobernador en el Estado de Veracruz; así como del nombre del partido que lo postuló y del presidente de dicho partido, con lo que se violó la norma que prohíbe ese posicionamiento anticipado, “por lo que se estima que el tribunal responsable no realizó una ponderación de la responsabilidad de los sujetos denunciados, la conducta desplegada, el beneficio obtenido y la sanción impuesta”.

Por lo anterior, ordenó al Tribunal responsable reindividualizar la sanción considerando la naturaleza de la falta, la responsabilidad de los sujetos denunciados, las circunstancias objetivas y subjetivas que rodearon su comisión en términos de lo previsto en la ley local y los criterios que sobre el tema ha emitido este Tribunal, con especial atención a que la sanción sea proporcional a la infracción cometida, imponiendo para ello una sanción de mayor rigor consistente en una multa.