Por: Redacción
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) dar a conocer la versión pública del expediente identificado con el número CNDH/2/2014/5390/Q, el cual contiene la recomendación por violaciones graves derivado del caso Tlatlaya.
“México enfrenta un escenario donde el respeto a los derechos humanos no está plenamente protegido. Es necesario garantizar el derecho de acceso a la información para reconstruir cada una de estas historias y colaborar para asegurar el acceso a la justicia a las víctimas y sus familiares. La construcción de la memoria desde las múltiples voces es necesaria para colaborar a la reconciliación nacional, y de esa manera, convocar al llamado a la unidad nacional mediante la pluralidad social y política de nuestro México”, expresó durante sesión del Pleno el comisionado ponente Joel Salas Suárez.
Un particular solicitó, en la modalidad de consulta directa, el expediente que generó la CNDH para la recomendación por violaciones graves derivado del caso Tlatlaya.
El sujeto obligado respondió que le sería puesto a disposición el expediente en versión pública, pero no era posible ofrecer el acceso en la modalidad solicitada porque contenía partes o secciones clasificadas y para generar la versión pública era necesario reproducir el documento y testar la información clasificada.
Inconforme con la respuesta, el particular se inconformó ante el INAI bajo el argumento que la CNDH no puso a disposición la versión pública del expediente que ya generó y que el recurrente consultó en enero de 2015.
El particular adjuntó el oficio que confirma que la CNDH tenía un expediente en versión pública listo para ser revisado en sus oficinas, por tal motivo solicitó que se localizara el documento y se pusiera a disposición para una revisión en la modalidad elegida.
En sus alegatos, el sujeto obligado reiteró que no cuenta con una versión pública del expediente identificado con el número CNDH/2/2014/3390/Q, ya que el particular a lo que tuvo acceso es a los dictámenes remitidos por la Procuraduría General de Justicia del Estado de México.
De acuerdo con la CNDH, 22 personas fueron asesinadas en la comunidad de San Pedro, municipio de Tlatlaya, Estado de México, el 30 de junio de 2014. En la recomendación señala que 15 de los fallecidos fueron ejecutados por militares, que el lugar de los hechos fue alterado y que algunos de los fallecidos eran civiles que no estaban relacionados con el motivo del enfrentamiento armado, expuso el comisionado.
Derivado del análisis del recurso, la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez determinó que sí resulta procedente la modalidad elegida porque el sujeto obligado no siguió el procedimiento establecido para la atención de las solicitudes en las que la modalidad es la consulta directa. “Se tiene que el sujeto obligado no siguió el procedimiento establecido para la atención de solicitudes que requieren consulta directa. Si los documentos requeridos contienen partes o secciones clasificadas como reservadas o confidenciales, el Comité de Transparencia deberá emitir previamente la resolución en la que funde y motive la clasificación de las partes o secciones que no podrán dejarse a la vista del solicitante”, argumentó el comisionado Salas Suárez.
Por lo anterior, el Pleno del INAI ordenó a la CNDH modificar su respuesta y le instruyó a emitir una resolución en la que se funde y motive la clasificación de las partes o secciones que no podrán dejarse a la vista del solicitante y ponga a disposición del particular la versión pública del expediente CNDH/2/2014/5390/Q solicitado el cual contiene la recomendación por violaciones graves derivado del caso Tlatlaya.
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