• El Alto Comisionado aseguró que estas leyes son las más garantistas en materia de personas desaparecidas a nivel nacional, además reconoció el aporte de las personas que participaron en la elaboración de estas leyes.

Por: Oscar Nogueda/

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (ONU-DH)  reconoció la aprobación de la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas y la Ley de Personas Desaparecidas de Jalisco por el Congreso local.

“Es muy importante destacar que estas leyes fueron aprobadas después de un proceso de diálogo que garantizó de manera efectiva la participación de familiares de personas desaparecidas, colectivos, organizaciones de la sociedad civil, academia y organismos internacionales”, indicó Guillermo Fernández-Maldonado, representante de  la ONU-DH en México.

La Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas establece la disminución a 30 días hábiles para solicitar la Declaración Especial de Ausencia, un proceso especifico de solicitud para personas que no cuenten con una denuncia de desaparición, una mayor protección a los derechos laborales de las personas desaparecidas trabajadoras del estado y medidas especiales para grupos de atención prioritaria.

Por su parte, la Ley de Personas Desaparecidas elimina la categoría de persona no localizada, obliga a las autoridades a iniciar la búsqueda e investigaciones  en el momento de la denuncia. Igualmente, obliga la creación e implementación de células de búsqueda municipales en coordinación con la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas.

“Las mesas de trabajo, dirigidas por una Subcomisión de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios del Congreso de Jalisco, constituyen un ejemplo exitoso y replicable de parlamento abierto, inclusive en el difícil contexto que ha planteado la pandemia”, apuntó Fernández-Maldonado.

El Alto Comisionado aseguró que estas leyes son las más garantistas en materia de personas desaparecidas a nivel nacional, además reconoció el aporte de las personas que participaron en la elaboración de estas leyes.

El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) precisó que la Ley de Personas Desaparecidas de Jalisco favoreció a que la legislación local estuviera alienada con la Ley General en la materia, así como se convirtió en la primera ley mexicana en incorporar los conceptos de depósito legal de cuerpos y restos humanos, deposición ilegal de cuerpos y restos humanos, y fosas clandestinas.

“A nivel nacional no existe un concepto consensuado de fosa clandestina y en la ley general no se define claramente, por tanto, este precedente podrá avanzar a otras entidades federativas a legislar respecto al concepto de fosa clandestina, todo ello con el objetivo de mejorar los procesos de búsqueda, localización, pero sobretodo de identificación de personas desaparecidas en el país”, dijo María Elizondo, Asesora Jurídica del CICR delegación México y América Central.

La ONU-DH subrayó que Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, San Luis Potosí, Tabasco y Veracruz han armonizado su legislación en materia de Declaración Especial de Ausencia, mientras que Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Ciudad de México, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, Nayarit, Oaxaca, Sinaloa, Tabasco, Veracruz y Zacatecas en materia de personas desaparecidas.

El Alto Comisionado y el CICR coincidieron en que los estados adecuen sus marcos normativos a la legislación nacional a la brevedad posible y se replique las prácticas de parlamento abierto de Jalisco.