Por: Redacción/
La diputada Olga Catalán Padilla presentó un punto de acuerdo ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para exhortar a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social para que garantice la capacitación de las y los inspectores del trabajo y promueva la elaboración de estudios y diagnósticos estatales y regionales para profundizar la información sobre la población jornalera y los riesgos que enfrenta.
En el mismo documento, exhorta también a los estados de Baja California, Baja California Sur, Distrito Federal, Estado de México, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Aguascalientes, Campeche, Michoacán, Morelos, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas, para que lleven las acciones necesarias para detectar y registrar los centros de trabajo de campos agrícolas que emplean mano de obra de jornaleras y jornaleros temporales.
Lo anterior debido a que son estas entidades las que más concentración de trabajadores presentan según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, realizada en 2016 por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), donde se señala que estas entidades concentran el 58.7% de jornaleros en el país. Sin embargo, de cada 100, solo 66 son remunerados y 34 no reciben ningún ingreso.
El Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia ha señalado que en México los jornaleros agrícolas son trabajadores temporales del campo que se encargan de la siembra, la cosecha, la recolección y la preparación de productos del campo. Debido al desigual desarrollo del país, muchos trabajadores de las zonas rurales emigran a los lugares donde hay trabajo y, en muchos casos, lo hacen acompañados de sus familias, lo que los convierte en un grupo altamente vulnerable, pues los flujos migratorios por el trabajo agrícola son variables.
La legisladora del Sol Azteca recordó que después del caso de los 22 jornaleros rarámuris rescatados en 2015 de dos ranchos ubicados en el municipio de Comondú en el estado de Baja California Sur, debido a lascondiciones infrahumanas en las que vivían y en las que eran obligados a laborar, siendo muchos de ellos familias enteras con menores de edad quienes también eran explotados, la Comisión Nacional de Derechos Humanos elaboró un “Estudio sobre la intervención de las Autoridades del Trabajo en la prevención de la trata de personas y la detección de posibles víctimas en campos agrícolas”.
Este documento evidenció que los inspectores del trabajo no consideran que tienen obligaciones en materia de prevención de la trata de personas y mucho menos conocen sus obligaciones en materia de detección, prevención y atención a víctimas establecidas en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Cabe señalar que pese a lo que establece la Ley Federal del Trabajo, y que la principal obligación de las y los inspectores del trabajo es verificar el cumplimiento de la legislación laboral; los jornaleros agrícolas, o trabajadores del campo eventuales -particularmente los migrantes- laboran sin contrato de trabajo, con jornadas y salarios que se definen por día, condiciones de habitabilidad insalubre y ausentes de las prestaciones de ley, detalló la parlamentaria.
El estudio de la CNDH en esta materia determinó que 51.5 por ciento de las Autoridades del Trabajo no informó o no realizó acciones de capacitación a sus inspectoras e inspectores del trabajo en materia de trata de personas, modalidades de explotación y/o trabajo infantil.
La diputada insistió en la necesidad de garantizar a los jornaleros y jornaleras condiciones de trabajo adecuadas pues “siendo de abril a septiembre los meses en los que se contratan en mayor medida jornaleros agrícolas temporales, debemos darles la certeza de que los inspectores de trabajo se encuentran debidamente capacitados para detectar cualquier abuso. Además de que se les garantice que los centros de trabajo agrícolas están debidamente identificados.”
No Comment