Por: Redacción/

Nacional Financiera, S.N.C.(NAFIN) deberá dar a conocer versión pública de los dos contratos de crédito simple, anexos y documentos vinculados a éstos, celebrados el 22 de diciembre de 2015, con Grupo Fertinal, S.A. de C.V., y con PMX, Fertilizantes del Pacífico, S.A. de C.V.,  instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Joel Salas Suárez resaltó la importancia de conocer las razones que originaron la decisión de comprar Grupo Fertinal, a pesar de las circunstancias negativas que rodeaban la operación, así como la decisión de la banca de desarrollo de respaldar la misma.

“El análisis del caso describe claramente que se trató de un negocio no rentable y que no genera valor económico, que requiere de explicaciones detalladas sobre las razones que llevaron a los tomadores de decisiones, públicos y privados, a involucrarse en él, así como a trasladar tan alto costo al erario”, enfatizó.

Salas Suárez recordó que la empresa acarreaba problemas serios desde más de 20 años, tales como la contaminación de ríos, paro general de actividades, inconvenientes para la operación de otras plantas, deterioro de maquinaria, técnicas deficientes de comercialización, así como  diversas complicaciones de orden técnico, que se reflejó en sus estados financieros.

“A pesar de lo anterior, la compra se concretó. Muchas son las preguntas que pueden tener respuesta con base en la información pública que se pondría a disposición en versión pública.

¿Por qué Nacional Financiera y el Banco de Comercio Exterior otorgaron créditos a un negocio no rentable para la nación? ¿Por qué pese a saber los problemas que involucraría la compra de Fertinal se autorizaron y otorgaron los créditos? ¿Quiénes fueron los responsables de  autorizarlos? ¿Quiénes se beneficiaron con los créditos? Más aún, ¿quiénes se beneficiaron con la compra de Fertinal?”, cuestionó el Comisionado.

En respuesta, al particular que solicitó esa documental, el sujeto obligado, señaló que la información era de carácter confidencial, protegida por el secreto bancario. Aclaró que, por un lado, el objeto del contrato de crédito otorgado a Grupo Fertinal, S.A. de C.V. es el refinanciamiento de pasivos financieros, en el que participaron NAFIN y el Banco de Comercio Exterior (BANCOMEXT) por parte de la banca mexicana.

Por otro lado, precisó, el objeto del contrato de crédito otorgado a PMX Fertilizantes del Pacífico, S.A. de C.V. fue la adquisición de acciones de Fertinal, mismo que fue otorgado por las dos instituciones de banca de desarrollo ya mencionadas.

Inconforme con la reserva, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, NAFIN reiteró su respuesta original.

Previo requerimiento de información adicional, NAFIN entregó a la ponencia una relación de documentos desagregada por nombre, naturaleza y descripción breve.

Además, también aclaró que su participación porcentual en el otorgamiento de los créditos y/o financiamientos otorgados a Grupo Fertinal S.A. de C.V., y a PMX Fertilizantes del Pacífico, S.A. de C.V., fue de 38.23 por ciento y 50 por ciento, respectivamente.

Posteriormente, durante una diligencia de acceso a información clasificada, el sujeto obligado exhibió los documentos ya descritos, en los que se pudo advertir que contienen diversos datos personales de personas morales y físicas; así como la obligación solidaria de PEMEX consistente en que, en caso de incumplimiento por parte de las empresas acreditadas, asumiría la deuda adquirida y pagarla en segunda instancia.

En el análisis del caso, la ponencia del Comisionado Salas Suárez advirtió que la información requerida, si bien debe ser clasificada como confidencial y debe ser protegida por el secreto bancario, la confidencialidad podría ser superada a través del ejercicio de ponderación de  derechos.

En ese sentido, de la revisión de estados financieros, auditorías y otra información pública, la ponencia reconstruyó el proceso de adquisición de Grupo Fertinal, S. A. de C. V. por parte de PMX Pacífico y concluyó que sería legítimo dar acceso a la documentación.

Por lo anterior, a propuesta del Comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI modificó la respuesta de Nacional Financiera, S.N.C. y le instruyó a elaborar y poner a disposición del particular versión pública de los dos contratos de crédito simple, anexos y documentos vinculados a éstos, celebrados el 22 de diciembre de 2015, con Grupo Fertinal, S.A. de C.V., y  PMX, Fertilizantes del Pacífico, S.A. de C.V.

Se determinó que únicamente se testará domicilio de personas físicas, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad, ocupación; y de la credencial para votar, OCR, fotografía, código QR, firma, Clave de Elector y huella, con fundamento en la fracción I del artículo 113 de la Ley Federal de Transparencia.