- Las penas se agravarán cuando el responsable se haya encontrado en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes.
Por: Redacción/
Los disparos al aire en la Ciudad de México serán sancionados de ocho a diez años de prisión cuando se perjudique a un menor de edad o perjudique alguna función orgánica a un tercero, la pena se sumará a la mitad cuando el responsable se encuentre en estado de ebriedad.
Así lo expuso el diputado Janecarlo Lozano del Grupo Parlamentario de Morena en el Congreso de la Ciudad de México, quien presentó una iniciativa para endurecer las sanciones por disparar al aire.
De acuerdo con el congresista, los disparos al aire ven esta práctica como una diversión, una tradición, o un símbolo de festejo; incluso, presumen y alardean sin pensar en las terribles consecuencias.
Lozano recordó que se han presentado casos en la Ciudad donde niños y adultos pierden la vida o son lesionados a consecuencia de una bala perdida; en marzo del 2019 una bebé de siete meses que se encontraba en su casa en la alcaldía Milpa Alta murió a causa de una bala perdida.
La madre de la bebé atestiguó que ese día sus vecinos se encontraban alcoholizados y disparaban al aire.
Durante el mismo año, la estudiante de 18 años Aideé Mendoza recibió un impacto de bala dentro de uno de los salones del edificio P del CCH Oriente. De acuerdo con las investigaciones oficiales, se apuntó a algún posible incidente desde uno de los terrenos baldíos aledaños a la escuela.
“Aunque a los ciudadanos se les permita poseer un arma por orden constitucional: las armas y su posible uso, siempre denotan y promueven mayor violencia”.
“No se vale que haya familias enteras con temor, con inseguridad y con el riesgo de resultar con lesiones y hasta con la misma muerte La gente ya no está segura en sus calles, en sus colonias, ni en sus propias casas”, dijo Janecarlo Lozano.
Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública en México circulan alrededor de 15 millones de armas, de las cuales el 85% ingresaron de manera ilícita. Con estas armas se comete el 67.4% de los homicidios dolosos en el país.
En la última década se han recobrado 332, 689 armas mediante el combate a la delincuencia y campañas de intercambio de armas de fuego por despensas. Además, durante diciembre de 2019 se destruyeron 20,000 armas en 28 estados.
La iniciativa pretende reformar el artículo 211 Ter del Código Penal para el Distrito Federal para quedar de la siguiente forma:
Artículo 211 Ter.- Al que, sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego, se le impondrá de dos a cinco años de prisión, sin perjuicio de las penas que pudieren corresponderle por la comisión de otros delitos.
Para efectos del presente artículo, se entenderá por causa justificada, todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona.
Así como los casos de disparos al aire en la vía pública, establecimiento comercial o de servicios, fuera de un campo de tiro, o en algún lugar concurrido.
Las sanciones previstas en el presente artículo se incrementarán hasta la mitad cuando se realice disparo de arma de fuego prohibida, de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea.
En los casos en los que el responsable se haya encontrado en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquiera otra sustancia que produzca efectos similares, cuando haya cometido el delito la sanción se incrementará hasta la mitad.
Se impondrán de cinco a ocho años de prisión si como consecuencia de este delito infiera alguna lesión menor a un tercero.
Y de ocho a diez años de prisión si perjudica para siempre cualquier función orgánica de un tercero o le resulte en incapacidad permanente para trabajar, deformidad incorregible, sordera, enajenación mental, pérdida de la vista de uno o ambos ojos, del habla, o de las funciones sexuales”.
La iniciativa fue turnada a la comisión de Seguridad Ciudadana para su análisis y discusión.
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