Por: Carolina Carrasco
México es condenado por el Comité de las Naciones Unidas por las torturas cometidas contra cuatro hombres por parte de elementos del Ejército en Baja California en junio del 2009. Se trata de la primera decisión sobre un caso individual contra México que emite éste órgano.
En su decisión, el Comité contra la Tortura concluye que México violó los artículos 1°, 2°, en relación con el artículo 1º, 12, 13, 14, 15 y 22 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas, Crueles, Inhumanos o Degradantes, una de las convenciones más importantes de las Naciones Unidas, de la cual México es parte desde 1986.
El Comité estableció que el Estado mexicano es responsable de haber cometido tortura en contra de Ramiro Ramírez, Rodrigo Ramírez, Orlando Santaolaya y Ramiro López en junio del 2009; de no haber tomado medidas eficaces para impedir los actos de tortura durante su detención y arraigo en instalaciones militares; de haber omitido una investigación de oficio, de no haber reparado a las víctimas y sus familiares de los daños que se les ocasionó; y de dictar el auto de formal prisión sobre la base de confesiones obtenidas bajo tortura. La sentencia es una decisión emblemática que evidencia el conjunto de malas prácticas que ha sido el caldo de cultivo para un uso endémico y generalizado de la tortura en México durante muchos años.
“La decisión también constituye una victoria importante en el combate contra la tortura y por el reconocimiento de las victimas en México” dijo el Director Ejecutivo de la CMDPDH, José Antonio Guevara. “Es una decisión emblemática que recoge la existencia de disposiciones legales y patrones que han permitido la tortura de miles de personas en las últimos años”.
El organismo instó a México a que inicie una investigación exhaustiva, procese, juzgue y castigue con penas adecuadas a los responsables, apruebe la inmediata libertad, rehabilitación completa, así como una reparación plena de los daños a víctimas y sus familiares lo más pronto posible. Reiteró al Estado mexicano la necesidad de eliminar la figura del arraigo, y ajustar el Código de Justicia Militar en términos de las sentencias pronunciadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para asegurar que toda violación a los derechos humanos cometida por militares sea competencia de la jurisdicción civil.
Gerald Staberock, Secretario General de la OMCT, destacó que la decisión reconoce de forma clara la responsabilidad de México en el maltrato de los cuatro denunciantes, y que el Estado mexicano está ahora obligado a dar efectivo cumplimiento a lo dispuesto por el Comité contra la Tortura.
Los representantes coinciden en que “es fundamental garantizar la no repetición de casos similares. Las víctimas no pueden esperar más, es urgente el establecimiento de salvaguardias eficaces para evitar más sufrimiento”. Es importante destacar que desde que se inició el proceso los familiares acudieron a la CNDH, sin embargo, a la fecha, la institución no ha emitido recomendación alguna para el caso.
El Estado mexicano tiene ahora 90 días para enviar información al Comité sobre toda medida que haya adoptado para hacer efectivas las medidas de reparación a las víctimas.
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