- A partir del jueves 28 de octubre se incorporará el primer grupo de trabajadores administrativos de base.
Por: Redacción/
La Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) y Sindicato Independiente de Trabajadores de la institución (SITUAM) acordaron hoy el retorno a las actividades presenciales del personal administrativo de base a partir del jueves 28 de octubre.
La doctora Norma Rondero López, secretaria general de la UAM, aseguró que las medidas establecidas en el acuerdo contraído con la representación sindical tienen un carácter excepcional, en tanto se mantenga la emergencia sanitaria o sean necesarias para mitigar el riesgo de contagio tomando en cuenta las medidas decretadas por las autoridades de salud federales, cuyo propósito es salvaguardar la salud de la comunidad universitaria.
Durante la cuarta reunión de la Agenda Laboral UAM-SITUAM con los representantes de la organización sindical, el convenio alcanzado –que derivó de la propuesta presentada el 14 de octubre pasado y la del gremio recibida la madrugada del martes 26– estipula el retorno a las actividades administrativas y académicas en forma escalonada y gradual, responsable y cuidadosa con base en los principios rectores.
Así, el primer grupo de trabajadores –de Intendencia (auxiliares de limpieza, intendentes, vigilantes y jardineros), Mantenimiento (todos los puestos) y Servicio Médico (médicos y enfermeras)– iniciaría labores el jueves 28 de octubre y un segundo lo hará el lunes 8 de noviembre.
También se ratificó el compromiso con la programación de horarios escalonados, así como las jornadas laborales reducidas según corresponda y proceda, para lo cual será considerada la opinión de las y los delegados sindicales y trabajadores adscritos a cada área y será presentada a los Grupos Internos Coordinadores (GIC) de cada Unidad.
De igual manera, la autoridad universitaria se compromete a que las funciones que corresponden a los puestos se desarrollen exclusivamente con dicho personal administrativo de base, en observancia de lo dispuesto en la cláusula 18 del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), así como a la entrega de ropa de trabajo y de protección personal en general, conforme al acuerdo de la Comisión Mixta de Higiene y Seguridad.
Además, dotará a las y los trabajadores administrativos de base –desde el momento en que se incorporen a la actividad presencial para su portación durante la jornada laboral– cubrebocas tricapa de tela o KN95 entre otros insumos.
Igualmente fue acordada la definición de aforos en las diferentes áreas, considerando las condiciones de espacio y necesidades de los servicios, así como el despliegue de la información necesaria para prevenir y controlar la propagación del virus SARS-CoV-2 y la adopción de medidas de protección, tales como sana distancia e identificación de personas con sintomatología.
“En caso de que un trabajador presente síntomas o resultados positivos a COVID-19 se aplicará el protocolo sanitario de manera inmediata para cortar la cadena de contagios y la propagación del virus, y serán tratados con la debida confidencialidad y no discriminación”.
Además, convinieron que en los casos del personal que tenga la necesidad de cuidar a alguno de sus hijos o hijas inscritos en cualquier nivel de educación básica y presenten un documento que lo acredite les serán otorgadas las facilidades para ausentarse de su centro laboral y cuando ambos padres sean trabajadores de la UAM les serán otorgadas a los dos.
Conforme al calendario escolar aprobado por el Colegio Académico y la programación de actividades curriculares y extracurriculares, las y los jefes de Departamento informarán oportunamente al personal docente la dimensión y condiciones de las cargas académicas que se desarrollarán durante la emergencia sanitaria, situación por la cual los profesores que así lo consideren podrán comunicar al GIC y a su representante sindical correspondiente.
Todas estas medidas se mantendrán mientras continúe la emergencia sanitaria o sean necesarias para mitigar el riesgo de contagio y los casos particulares serán resueltos con base en la Cláusula 4 del Contrato Colectivo de Trabajo y en el marco de principios establecidos en el mismo.
Ambas partes establecieron que el acuerdo alcanzado será revisado cada 30 días para hacer los ajustes pertinentes, en tanto se mantenga la emergencia sanitaria.
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