Por: Javier Bárcenas/
La prisión preventiva oficiosa que pretende instalarse dentro del artículo 19 de la Constitución, no es una solución a los problemas de delitos graves, como el robo de hidrocarburo o el feminicidio, sino el problema estaría en la actuación de los jueces y ministerios públicos, que no acceden a este elemento jurídico a pesar de contar con elementos, así lo señalaron especialistas y funcionarios.
Sociedad civil, servidores públicos y especialistas en derecho discutieron durante la primer Mesa temática “Fundamento constitucional de la prisión preventiva oficiosa”, que permitirá concretar elementos hacia la integración de la reforma al Artículo 19 de la Constitución.
Santiago Nieto Castillo, titular de la unidad de Inteligencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, partió de la premisa que tiene que ver con la construcción de una política criminal de Estado que debe tener por lo menos cinco elementos: la seguridad, la prevención del delito, procuración de justicia, impartición y la ejecución de panas.
Dijo que sin los cinco elementos no se coordinan de manera adecuada, cualquier intento de reforma será insuficiente para poder enfrentar una posible transformación eficaz del sistema de procuración y de impartición de justicia.
Recordó el último informe de lo que fue la PGR, que dio el doctor Raúl Cervantes, al Senado de la República, el nivel de impunidad era del 98 por ciento, mientras que Gertz Manero, como encargado de despacho de la Procuraduría General de la República hablaba de un 99 por ciento de impunidad.
Santiago Nieto dijo que los jueces deben estar sensibles de la problemática social para disminuir los índices de la percepción ciudadana, y evitar lo que grupos y organizaciones civiles llaman la puerta giratoria para los delincuentes.
Advirtió que existe un problema respecto a la calidad de la integración de las carpetas de investigación, pero es un problema que se tiene que enfocar a partir de algo que la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República plantea como solución, que es la construcción de un servicio profesional de carrera.
“Hoy, el 66 por ciento de los ministerios públicos tienen contratos que se les van renovando de forma parcial, de cada 3 meses, cada mes. ¿Qué implica esto? evidentemente no hay una autonomía de la función ministerial, no puede haberlo si no tienen la inviolabilidad del cargo.
Por su parte, el abogado penalista Gabriel Regino García, advirtió que hoy en día no se necesita ni una sola reforma constitucional ni procesal para que una persona que represente un riesgo a la sociedad, al testigo, a la víctima, esté detenido. Ninguna. La ley lo prevé y se llama prisión preventiva justificada. Aquí lo expuso el señor magistrado con datos duros.
“¿Quién tiene que solicitarla? El Ministerio Público nada más, preguntaba un señor diputado en el inicio ¿cómo es posible que un huachicolero enfrente su proceso en libertad? ¿Cómo es posible que alguien que trae un cuerno de chivo esté en libertad? Pues porque el Ministerio Público no solicitó ni argumentó la cuestión de riesgo ante un juez federal para acreditar que se le impusiera la prisión preventiva justificada.
“No, señores, no encubramos debilidades institucionales con reformas constitucionales. La Constitución no está para solapar esas vulnerabilidades”.
Regino dijo que hay que pedir rendición de cuentas, qué se hizo con los recursos que se dieron durante ocho años a los estados y a la federación para preparar a policías en cadena de custodia, en investigación científica, en capacitación de los fiscales.
“Ahí es donde deberían de poner el dedo en la llaga. Esa rendición de cuentas es la que necesitamos porque como sociedad los penalistas también nos preocupamos de estas graves injusticias que hay”.
Rubén Francisco Pérez Sánchez, coordinador general de Seguimiento y Recomendaciones y de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, dijo que la prisión preventiva no es recomendada por los organismos internacionales en sus recomendaciones a México.
En el informe sobre la visita a México del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 2010, recomendó al Estado mexicano evaluar y modificar la imposición de prisión preventiva como obligatoria en ciertos delitos, sin atender las peculiaridades del caso del artículo 19.
También la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su informe sobre la situación de los derechos humanos en México de 2015, instó a corregir la excesiva aplicación de la prisión preventiva y aplicarla excepcionalmente, haciendo uso de otras medidas cautelares no privativas de la libertad.
El uso excesivo de la prisión preventiva provoca la violación de derechos fundamentales, lo que es contrario a un sistema universal de protección y defensa de los derechos humanos y al principio pro persona consagrado por nuestra Carta Magna, no obstante que actualmente nuestra Constitución contenga esta figura.
El magistrado Juan José Olvera López, dijo que el legislador tiene la misión institucional de crear reglas efectivas para honrar un Estado democrático de derecho, que es por el que hemos apostado.
“De poco sirve que esas reglas sean eficientes si no son eficaces. Es decir, que respeten los postulados de un sistema jurídico, en este caso el de justicia penal, pero que en los hechos no logren los resultados deseados: sancionar al culpable, proteger a la víctima y como beneficio social directo, contribuir a la seguridad pública”.
Señaló que la prisión preventiva justificada es una buena alternativa, está funcionando, puede dar mejores resultados con una operación más eficaz de la Fiscalía; sin embargo, pero no hay datos que sustenten la hipótesis de que las personas sujetas a una vida de cautela diversa a la prisión preventiva siguen delinquiendo.
Entre otras razones no la hay porque la unidad de medidas cautelares que se encargaría de darle seguimiento a esta parte procesal, no está operando con regularidad en el ámbito local ni en el ámbito federal, por supuesto hay excepciones muy buenas, pero en una visión de sistema no pinta, no cambia.
También participaron en estas mesas Gonzalo Alanís Figueroa, Arturo Cossío Zazueta, Bernardo Padilla Muñoz, Jaime Hugo Talancón Escobedo, Manuel Munive Páez, Sergio López Ayllón, Pablo Navarrete Gutiérrez, Jorge Emilio Iruegas Álvarez y Francisco Castellanos García.
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