Por: Redacción/
La Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJCDMX) deberá modificar la respuesta de una solicitud e informar cuántos ejercicios de acción penal han realizado ante un juez por los delitos cometidos por servidores públicos, así como los años cuando se realizaron, así lo determinó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO).
En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos resolvieron en cumplimiento a un juicio de amparo emitido por el Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, quien otorgó la razón a un particular inconforme con la contestación de las autoridades judiciales a su petición de conocer los datos sobre las acciones en contra de los delitos de servidores públicos.
Primero, al no recibir la respuesta esperada a su solicitud de información, el particular presentó un recurso de revisión ante el INFO. Durante el proceso, al momento de realizar el desahogo de las pruebas, el inconforme adjudicó cuestionamientos que no estaban incluidos en las preguntas primigenias; por lo tanto, en cumplimiento a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México la queja debía ser desechada.
El ciudadano inconforme presentó un juicio de amparo ante el Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México en contra de la PGJCDMX en el sentido de que fue omisa de atender su solicitud y trasgredió su Derecho de Acceso a la Información Pública.
La autoridad judicial fallo a favor del peticionario y en cumplimiento a la resolución de amparo, el INFO resolvió que la PGJCDMX estaba en las posibilidades de atender los requerimientos. Por lo que deberá remitir la solicitud a sus diversas áreas encargadas de integrar averiguaciones previas por delitos de: tortura, lesiones, desaparición forzada de personas, discriminación, robo, extorsión, daño a la propiedad, abuso de autoridad, uso ilegal de la fuerza pública, intimidación, negación del servicio público, ilegalidad en el ámbito de la procuración de justicia, cohecho, concusión, tortura, todos cometidos por servidores públicos en contra de sujetos que tengan más de 12 y menos de 18 años de edad.
Por lo tanto, el Pleno del INFO determinó que el Sujeto Obligado está en posibilidades de informar al solicitante: “A qué Coordinaciones Territoriales o Fiscalías Centrales ha remitido los desgloses de aquellos delitos que no son de su competencia y de que delitos se trata, cuántos ejercicios de la acción penal ha realizado esa Fiscalía ante el juez correspondiente por delitos cometidos por servidores públicos y en qué años”.
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