Por: Redacción/
Internet para todos es una meta que aún no se alcanza, y la no neutralidad de la red, como fue aprobada en días recientes en Estados Unidos, dificulta potencialmente alcanzar ese objetivo, señalaron expertos de la UNAM.
En conferencia de medios, Fabián Romo Zamudio, director de Sistemas y Servicios Institucionales de la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación (DGTIC), explicó que la neutralidad se refiere a que la red por sí misma, las fibras ópticas, comunicaciones satelitales y empresas de telecomunicaciones no privilegian a algún tipo de contenido que transita por Internet, y a ningún servicio en particular.
Mientras que la no neutralidad de Internet limita su impacto como factor de crecimiento económico y educativo nacional, porque podría propiciar la desaparición de la participación del sector público, tanto en la regulación como para garantizar el acceso igualitario a la red y a sus contenidos digitales. Un factor en contra sería el privilegio por parte de las empresas de telecomunicaciones para la consolidación de los mercados, y la no expansión de este sector con la consecuente baja inversión en zonas marginadas o menor cobertura hacia aquellos sectores que no tengan la capacidad económica para pagar todos los servicios incorporados.
De igual forma, la reducción a unos cuantos monopolios nacionales o regionales de todo el espectro de servicios relacionados con la red (infraestructura, contenidos, servicios, plataformas), lo que podría derivar en costos incrementales para los usuarios y menor variedad y calidad.
Uno de los efectos colaterales de la no neutralidad es que puede interpretarse como discriminación, incluso de quienes tienen acceso a la propia red.
El universitario abundó que acuerdos entre empresas de telecomunicaciones y generadores de contenidos, así como la aparición del doble, triple y cuádruple play (voz, televisión, Internet y conectividad móvil) como tecnologías apoyadas en paquetes de datos (voz sobre IP, televisión digital, datos de la red, WiFi–4G), han implicado millonarias inversiones de esas empresas, que también aprecian en la demanda de hiperconectividad la convergencia de tecnología y contenidos, al grado que varias de ellas se han fusionado para monopolizar la oferta completa.
Ello puede reducir las alternativas para los espectadores, no sólo en cuanto a la calidad de los contenidos, sino también en la accesibilidad e imparcialidad de los mismos, señaló Romo Zamudio en el auditorio de la DGTIC.
Ante la formación de tales conglomerados se espera que, por ejemplo, se privilegien los servicios de entretenimiento sobre los temas científicos o educativos.
Como aspectos positivos, enumeró el experto, la no neutralidad podría generar una mayor inversión en infraestructura por parte de las empresas de telecomunicaciones para sustentar la cartera de servicios y llegar a acuerdos de calidad de entrega con los principales productores y distribuidores de medios digitales.
También se podría dar la aparición de contenidos especializados exclusivamente para Internet, en mayor medida de cómo se han presentado a la fecha, con diversos formatos, además de la competencia entre gigantes de las telecomunicaciones para ofertar no sólo conectividad, sino también servicios, contenidos y plataformas.
Roberto Sánchez, coordinador de Seguridad de la Información UNAM-CERT, de DGTIC, consideró que la no neutralidad de la red afectaría la generación de nuevos contenidos. Las empresas que deseen dedicarse a eso tendrían que pagar un servicio adicional para distribuir sus productos.
El cambio regulatorio en EU es muy reciente y es difícil saber qué ocurrirá. Con la ley de oferta y demanda podría haber proveedores de servicio de Internet que dentro de sus estatutos sigan la neutralidad de la red, y eso permita a los usuarios privilegiar a estas empresas sobre las que van a realizar algún cobro.
Aclaró que en México sí hay legislación al respecto. El 14 de julio de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establece en su artículo 145 la neutralidad de la red.
Ahí se engloban siete lineamientos de carácter general en donde se establece, por ejemplo, que los concesionarios y autorizados a prestar el servicio de acceso a Internet se abstendrán de obstruir, interferir, inspeccionar, filtrar o discriminar contenidos, aplicaciones o servicios.
A pesar de que en México se mantiene la regulación en la materia, en Internet nadie está aislado. Hay contenidos que se generan en el extranjero, así que no hay que perder de vista que al transmitirse desde Estados Unidos en particular, es probable que tengan una calidad de acceso distinta. Se esperarían afectaciones positivas o en detrimento, de acuerdo con cada caso, finalizó Romo Zamudio.
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