Redacción.- La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) informa que se reasignó a la Fiscalía de Investigación de Delitos Cometidos en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes (FIDCANNA), de la Coordinación General de Investigación de Delitos de Género y Atención a Víctimas, la competencia, funciones y facultades para investigar delitos sexuales en agravio de personas menores de 18 años.
En ese sentido, se crea la Agencia de Investigación de Delitos Sexuales en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes, cuya sede estará ubicada en Avenida Doctor Vértiz, número 114, esquina Río de la Loza, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06720, en la Ciudad de México.
Dicha representación social conocerá, al momento de la denuncia, de delitos cometidos en perjuicio de personas menores de 18 años, como violación, pederastia, abuso sexual, acoso sexual, estupro, corrupción de menores (respecto a conductas de connotación sexual), omisión de denunciar y contra la intimidad sexual.
Agentes del Ministerio Público, detectives de la Policía de Investigación (PDI), así como personal de la Coordinación General de Investigación Forense y Servicios Periciales especializados conocerán exclusivamente los asuntos que sean competencia de dicha Agencia, y trabajarán en la investigación y judicialización de los casos, a fin de garantizar el interés superior de la niñez y evitar impunidad.
Las fiscalías de Investigación de la FGJCDMX tienen la obligación de conocer sobre los asuntos que se denuncien ante ellas relacionados con delitos sexuales, iniciar carpetas de investigación y remitir inmediatamente el caso a la citada Agencia de Investigación, por ser de su competencia.
Asimismo, las Unidades de Atención Temprana, adscritas a la Coordinación General de Investigación Territorial y demás fiscalías de Investigación, deberán brindar la atención que requieran las personas menores de 18 años, y posteriormente contactar a la Fiscalía de Investigación de Delitos Cometidos en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes (FIDCANNA), para la coordinación efectiva e inmediata de la carpeta de investigación y atención de las víctimas.
En un plazo no mayor a 60 días naturales, la Fiscalía de Investigación de Delitos Sexuales, también adscrita a la Coordinación General de Investigación de Delitos de Género y Atención a Víctimas, deberá derivar a la FIDCANNA las carpetas de investigación en trámite por ilícitos de índole sexual en perjuicio de menores de edad, asegurándose que se encuentre integrada toda actuación y documentación relacionada con el asunto.
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