Por: Redacción/
La diputada Margarita García García (PT) planteó exhortar a los congresos estatales que no han reglamentado la prueba de alcoholimetría, emprendan cambios en sus leyes de transporte, movilidad y viabilidad para especificar que lo procedente después de un examen, si en el vehículo viene algún pasajero con licencia vigente y en condiciones para manejar, éste podrá conducir la unidad, con la finalidad de no dejar en estado de indefensión a los acompañantes.
Dicha disposición sólo se encuentra regulada en diez estados del país, por ello, debe estar incluida en los demás estados, “porque las compañías de grúas con las que el municipio hace contrato, aprovechan los percances para obtener más dinero, pues cobran el arrastre del automóvil y el depósito, lo que parece un negocio en lugar de ser un programa para prevenir accidentes automovilísticos”.
En un punto de acuerdo que analiza la Comisión Seguridad Pública, precisó que las entidades que tiene regulada dicha disposición son: Aguascalientes, Ciudad de México, Colima, estado de México, Morelos, Nayarit, Querétaro, Sinaloa, Veracruz y Yucatán.
México, dijo, ocupa el séptimo lugar en muertes causados por accidentes de tránsito en el mundo, según la Organización Panamericana de la Salud (OPS). El Sistema Nacional de Seguridad Pública en 2017 reporto la muerte de 32 personas diariamente por percances viales, haciendo énfasis que 200 mil conductores murieron bajo la influencia del alcohol.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendó aplicar medidas para mitigar accidentes, por ello en 2009 el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes (Conapra) junto con los consejos estatales para la Prevención de Accidentes (Coepra), implantó el Programa Nacional Alcoholimetría en los municipios de las 32 entidades federativas.
García García subrayó que este programa se llevó acabo debido al gran número de accidentes provocados por el alcohol. El proceso para su funcionamiento se estipula en el manual para implementación de Operativos (2010).
El alcoholímetro se puso en funcionamiento de manera paulatina en los estados del país, por lo que se vieron obligados a reformar sus leyes y reglamentos de transporte, movilidad y viabilidad para incluir el Programa de Alcoholimetría y el procedimiento del operativo.
Lo que procede después de un examen confirmatorio es decisión de cada marco legal que la entidad establezca, por lo que cada estado decide si solo paga multa, si el conductor es remitido a algún centro de detención y si el auto es retenido o no.
Tal situación, abundó, se presta a actos de corrupción, porque en muchos casos se hacen negocios con las compañías de grúas contratadas por los municipios para realizar estos operativos, con la finalidad de obtener dinero.
En la mayoría de casos se marca como obligatorio llevarse al corralón el vehículo para cobrar servicios de arrastre, y el encierro, dejando en estado de indefensión a los acompañantes que puedan venir en el automóvil niños, mujeres o adultos mayores.
Consideró que dentro de los reglamentos de las diferentes entidades del país que no tienen esta opción, se debe incluir lo establecido en otros estados que se encuentran más avanzados en este rubro.
Conforme con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) sobre accidentes de tráfico en 2018, encabezaban la lista Nuevo León 80 mil 863 accidentes y Chihuahua con 25 mil 938, seguidos por Jalisco con 24 mil 957 y Guanajuato con 19 mil 290.
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